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    <fecha_publicacion>2013/08/22</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Galapagar. Organización y funcionamiento. Régimen de cargos corporación</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Galapagar</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE GALAPAGAR 
 ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
 
 38 
 Régimen de cargos corporación 
  El Pleno de la Corporación, en sesión ordinaria celebrada el día 31 julio de 2013, ha adoptado el siguiente acuerdo:
  Primero..Se aprueba la modificación del régimen de cargos a desempeñar con dedicación exclusiva, aprobado por el Pleno de la Corporación en la sesión de 30 de diciembre de 2011 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 30 de enero de 2012), de acuerdo con lo que dispone el artículo 75 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, que queda en los siguientes términos:
  
 
   Cuarto..Corresponderá a la Alcaldía, dentro de los límites cuantitativos y cualitativos que marca este acuerdo plenario, dictar las resoluciones que procedan sobre los miembros de la Corporación que desempeñarán su cargo con dedicación exclusiva y parcial.
  Quinto..Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrán los interesados interponer los siguientes recursos:
  a)	Con carácter potestativo, un recurso de reposición ante el mismo órgano que dictó la resolución impugnada, dentro del plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de recepción de esta notificación, de acuerdo con lo que dispone el artículo 116 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administración Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (LPAC).
  b)	Directamente contra esta resolución se podrá interponer un recurso contencioso- administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de la ciudad de Madrid, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de recepción de la notificación de esta resolución, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (LJCA).
  En caso de desestimación presunta del recurso de reposición, desestimación que se produce por el transcurso de un mes desde la presentación del recurso sin que se tenga recibida la notificación de la resolución correspondiente, el plazo para la presentación del recurso contencioso-administrativo será de seis meses, a contar desde el día siguiente a aquel en el que se produzca el acto presunto de acuerdo con la normativa específica aplicable, según lo dispuesto en el artículo 46.1 de la LJCA citada.
  Lo que se hace público para general conocimiento, en cumplimiento del artículo 75.5 de la Ley 7/1985, de 2 de abril.
  En Galapagar, a 7 de agosto de 2013..El alcalde, Daniel Pérez Muñoz.
  (03/27.137/13)</texto>
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