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    <fecha_publicacion>2013/08/21</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 7. Procedimiento 427 de 2013</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>198</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 7 
 
 68 
 Procedimiento 427 de 2013 
  EDICTO
  CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
  Doña María Belén Gómez Rodríguez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 7 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento número 427 de 2013 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de “Ibermutuamur, Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social número 274”, frente a doña María del Carmen Moreno Sánchez, “Anecasa, Sociedad Limitada”, Instituto Nacional de la Seguridad Social y Tesorería General de la Seguridad Social, sobre Seguridad Social, se ha dictado la siguiente resolución:
  Que estimando la demanda presentada por “Ibermutuamur”, contra  Instituto Nacional de la Seguridad Social, Tesorería General de la Seguridad Social, doña María del Carmen Moreno Sánchez y “Anecasa, Sociedad Limitada”, debo condenar y condeno a “Anecasa, Sociedad Limitada”, de forma directa y principal, a que abone a “Ibermutuamur” la canitdad de 1.442,96 euros, declarando la responsabilidad subsidiaria del Instituto Nacional de la Seguridad Social y de la Tesorería General de la Seguridad Social para el caso de insolvencia de la empresa, y todo ello con absolución de doña María del Carmen Moreno Sánchez.
  Notifíquese esta resolución a las partes, con entrega de copia, advirtiéndoles que visto el importe de lo reclamado contra esta sentencia no cabe recurso alguno (artículo 191 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social).
  Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.
  Y para que sirva de notificación en legal forma a “Anecasa, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 22 de julio de 2013..La secretaria judicial (firmado).
  (03/26.147/13)</texto>
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