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    <titulo>– Madrid. Urbanismo. Área de Gobierno de Urbanismo y Vivienda. Expropiación Méndez Álvaro Norte I</titulo>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Madrid</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE MADRID 
 URBANISMO
 Área de Gobierno de Urbanismo y Vivienda
 
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 Expropiación Méndez Álvaro Norte I 
  La Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, en sesión celebrada el día 18 de julio de 2013, ha adoptado el siguiente acuerdo:
  Primero..Estimar parcialmente la alegación presentada por la mercantil “Borda y Cía, SRC”, durante el período de información pública, en orden a la valoración de la indemnización expropiatoria, dada su aceptación por la Junta de Compensación del ámbito, en la forma y términos que constan en el informe emitido por la Subdirección General de Promoción de Suelo de fecha de 1 de julio de 2013.
  Segundo..Aprobar definitivamente el proyecto de expropiación tramitado por el sistema de tasación conjunta, relativo a las fincas registrales número 3.236 y 23.204 del Registro de la Propiedad número 3, como consecuencia de la falta de adhesión de su titular a la Junta de Compensación del Área de Planeamiento Remitido 02.06 “Méndez Álvaro Norte I” Unidad de Ejecución 2, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 108.3.b) y 123 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, en relación con los artículos 168 y 202.6 del Reglamento de Gestión Urbanística (Real Decreto 3288/1978, de 25 de agosto), disponiendo la notificación individualizada del presente acuerdo al expropiado y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en un periódico de los de mayor difusión de la provincia.
  Tercero..La aprobación del presente proyecto de expropiación implica la necesidad o urgente ocupación de los bienes y derechos afectados, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 203 del Reglamento de Gestión Urbanística.
  Esta resolución pone fin a la vía administrativa, pudiéndose interponer contra la misma recurso de reposición ante el propio órgano que la ha dictado, en el plazo de un mes desde el día siguiente a la notificación o publicación de la presente, o directamente, recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo contencioso-administrativo de Madrid, en el plazo de dos meses desde el día siguiente a la notificación o publicación de la presente, sin perjuicio de cuantos otros recursos estime oportunos deducir.
  Lo que se publica para general conocimiento.
  En Madrid, a 30 de julio de 2013..La directora de la Oficina del Secretario de la Junta de Gobierno, Casilda Méndez Magán.
  (02/5.799/13)</texto>
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