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    <identificador>BOCM-20130821-119</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
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    <fecha_publicacion>2013/08/21</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 27. Ejecución 107 de 2013</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>198</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 27 
 
 119 
 Ejecución 107 de 2013 
  EDICTO
  CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
  Doña Elisa Cordero Díez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 27 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 107 de 2013 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña María Dolores Leirado Bernat, frente a “Natuba, Sociedad Limitada”, sobre ejecución forzosa, se ha dictado la siguiente resolución:
  Despachar orden general de ejecución de la sentencia a favor de la parte ejecutante doña María Dolores Leirado Bernat, frente a la demandada “Natuba, Sociedad Limitada”, parte ejecutada, por un principal de 4.624,61 euros (4.204,61 euros, más 420 euros del artículo 29.3 del Estatuto de los Trabajadores), más 277 euros y 460 euros de intereses y costas calculados provisionalmente, sin perjuicio de su posterior liquidación.
  Y encontrándose decretada la insolvencia de la empresa ejecutada en la ejecución seguida en el Juzgado número 2 con el número 148 de 2011, conforme lo previsto en el artículo 276 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social, procédase a dar audiencia a las partes y al Fondo de Garantía Salarial para que en el término de quince días insten lo que a su derecho convenga en orden a la continuación de la ejecutoria, designando, en tal caso, bienes concretos de la deudora sobre los que despachar ejecución.
  Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.
  Y para que sirva de notificación en legal forma a “Natuba, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 15 de julio de 2013..La secretaria judicial (firmado).
  (03/26.065/13)</texto>
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