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    <titulo>Madrid número 7. Procedimiento ordinario 7 de 2013</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>197</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 7 
 
 95 
 Procedimiento ordinario 7 de 2013 
  EDICTO
  CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
  Doña María Belén Gómez Rodríguez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 7 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento número 7 de 2013 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Alfonsa Gutiérrez Torres, frente a “Esabe Limpiezas Integrales, Sociedad Limitada”, y “Terral Wind, Sociedad Limitada”, sobre procedimiento ordinario, se ha dictado la siguiente sentencia:
  Que estimando la demanda que en materia de resolución de contrato ha interpuesto doña Alfonsa Gutiérrez Torres, contra “Esabe Limpiezas Integrales, Sociedad Limitada”, debo declarar extinguida la relación laboral con efectos de fecha 16 de julio de 2013, condenando a la empresa a que abone a la actora la cantidad de 2.432 euros, y todo ello con absolución de “Terral Wind, Sociedad Limitada”, y con intervención del Fondo de Garantía Salarial.
  Notifíquese la presente resolución a las partes, con entrega de copia, advirtiéndoseles que contra la misma pueden interponer recurso de suplicación, ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de los cinco días hábiles siguientes a la notificación de la presente resolución, mediante escrito o comparecencia ante este Juzgado de lo social.
  Si recurre la parte demandada y condenada deberá acreditar al anunciar el recurso el ingreso del importe de la condena en la “Cuenta de depósitos y consignaciones”, así como la cantidad de 300 euros en concepto de depósito para recurrir.
  Se advierte a las destinatarias de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.
  Y para que sirva de notificación en legal forma a “Terral Wind, Sociedad Limitada”, y “Esabe Limpiezas Integrales, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 17 de julio de 2013..La secretaria judicial (firmado).
  (03/25.852/13)</texto>
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