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    <fecha_publicacion>2013/08/20</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 16. Procedimiento 758 de 2012</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>197</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 16 
 
 108 
 Procedimiento 758 de 2012 
  EDICTO
  CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
  Doña Ana Correchel Calvo, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 16 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento número 758 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Diego García Navarro, frente a “Herranz Arribas, Sociedad Anónima”, sobre despidos/ceses en general, se ha dictado resolución en fecha 18 de julio de 2013, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
  Fallo
  Que estimando parcialmente la demanda interpuesta por don Diego García Navarro, debo declarar y declaro la improcedencia del despido y, en consecuencia, condeno a la empresa “Herranz Arribas, Sociedad Anónima”, entendiendo efectuada la opción por la indemnización y declarando extinguida la relación laboral con esta fecha, a que abone al actor la indemnización cifrada en 13.156,44 euros, calculada a razón de cuarenta y cinco días por año hasta el día 12 de febrero de 2012 y a razón de treinta y tres días desde ese día hasta la fecha de esta sentencia.
  Asimismo, condeno a la empresa a pagar al trabajador la suma de 785,90 euros, equivalente a quince días de salario en concepto de indemnización por falta de preaviso.
  Se advierte a las partes que contra esta sentencia puede interponerse recurso de suplicación ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, anunciándolo por comparecencia o por escrito en este Juzgado en el plazo de los cinco días siguientes a su notificación y designando letrado o graduado social colegiado para su tramitación.
  Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.
  Y para que sirva de notificación en legal forma a “Herranz Arribas, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y tablón de anuncios del Juzgado.
  En Madrid, a 19 de julio de 2013..La secretaria judicial (firmado).
  (03/25.932/13)</texto>
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