<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20130816-45</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 18</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2013/08/16</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>Madrid número 18. Procedimiento ordinario 595 de 2012</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>6</pagina_inicial>
    <pagina_final>6</pagina_final>
    <diario_numero>194</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://www.bocm.es/2013-08-16-194120820130043</url_html>
    <url_xml>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2013/08/16/BOCM-20130816-45.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2013/08/16/BOCM-20130816-45.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2013/08/16/BOCM-20130816-45.PDF</url_pdf>
    <url_epub>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2013/08/16/BOCM-20130816-45.epub</url_epub>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de Primera Instancia:</organismo>
    <organismo>Juzgados de Primera Instancia:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 18</organismo>
  </analisis>
  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 18 
 
 45 
 Procedimiento ordinario 595 de 2012 
  EDICTO
  En el juicio de procedimiento ordinario número 595 de 2012, sobre otras materias, se ha dictado sentencia, cuyo fallo es el siguiente:
  Fallo
  Se estima la demanda interpuesta por la procuradora doña Isabel Soberón García de Enterría, en nombre y representación de doña Tomasa Gómez Sánchez-Castro, defendida por el letrado señor Camino González, contra doña Ana María Torres Prieto, en rebeldía en los presentes autos, y se declara que la vivienda cuarto A del edificio sito en Madrid, calle Torrelaguna, número 11, inscrita en el Registro de la Propiedad número 8 de Madrid como finca registral número 14.124, pertenece y es propiedad en pleno dominio de doña Tomasa Gómez Sánchez-Castro, y se condena a la demandada a estar y pasar por tal declaración. Todo ello con expresa condena en costas a la parte demandada.
  Notifíquese la presente resolución, con advertencia de que la misma no es firme y contra la misma cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial, a interponer ante este Juzgado en el plazo de veinte días desde su notificación.
  Adviértase a las partes que no se admitirá a trámite el recurso si no se acredita haber consignado la cantidad de 50 euros en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado.
  Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
  En virtud de lo acordado en los autos de referencia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 497 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, por el presente se notifica a doña Ana María Torres Prieto, bajo los apercibimientos legales a que hubiere lugar en derecho.
  En Madrid, a 25 de abril de 2013..El secretario (firmado).
  (02/5.745/13)</texto>
</documento>