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    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
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    <fecha_publicacion>2013/08/13</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 1. Procedimiento ordinario 658 de 2012</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>191</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 1</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 1 
 
 98 
 Procedimiento ordinario 658 de 2012 
  EDICTO
  CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
  Doña Rosario Barrio Pelegrini, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 1 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento número 658 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Raimundo Fernández Tostado Paniego, frente a “Grupo de Operaciones 97, Sociedad Limitada”, sobre procedimiento ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:
  Sentencia número 179 de 2013
  En Madrid, a 14 de mayo de 2013..Visto por el ilustrísimo señor don Antonio Martínez Melero, magistrado-juez del Juzgado de lo social número 1 de esta ciudad, el juicio promovido en reclamación de cantidad a instancias de don Raimundo Fernández Tostado Paniego, frente a la empresa “Grupo de Operaciones 97, Sociedad Limitada”.
  Fallo
  Que estimando en parte las pretensiones de la demanda, condeno a la empresa “Grupo de Operaciones 97, Sociedad Limitada”, a abonar a don Raimundo Fernández Tostado Paniego la cantidad de 398,27 euros, más el interés legal previsto en el artículo 576 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.
  Notifíquese la presente resolución en legal forma a las partes, advirtiéndoles que contra la misma no cabe interponer recurso.
  Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
  Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.
  Y para que sirva de notificación en legal forma a “Grupo de Operaciones 97, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 8 de julio de 2013..La secretaria judicial (firmado).
  (03/25.151/13)</texto>
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