<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20130813-55</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>VILLAMANTILLA</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2013/08/13</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>– Villamantilla. Régimen económico. Tasa por recogida de basuras 2013</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>5</pagina_inicial>
    <pagina_final>5</pagina_final>
    <diario_numero>191</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://www.bocm.es/2013-08-13-191120820130024</url_html>
    <url_xml>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2013/08/13/BOCM-20130813-55.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2013/08/13/BOCM-20130813-55.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2013/08/13/BOCM-20130813-55.PDF</url_pdf>
    <url_epub>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2013/08/13/BOCM-20130813-55.epub</url_epub>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Villamantilla</organismo>
  </analisis>
  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE VILLAMANTILLA 
 RÉGIMEN ECONÓMICO
 
 55 
 Tasa por recogida de basuras 2013 
  Habiendo sido aprobado por decreto de Alcaldía de fecha 1 de julio de 2013 el padrón de la tasa por recogida de basura, correspondiente al segundo trimestre de 2013, se expone al público por un período de veinte días, a fin de que los interesados puedan examinarlo e interponer las reclamaciones que estimen oportunas.
  Asimismo, se comunica que de conformidad con el artículo 102.3 de la Ley 58/2003, General Tributaria, y 24 del Real Decreto 939/2005, Reglamento General de Recaudación, el período de cobro en voluntaria tendrá lugar de 5 de junio de 2013 a 6 de septiembre de 2013, ambos inclusive. Transcurrido el plazo señalado como período de pago voluntario, las deudas serán exigidas por el procedimiento de apremio y devengarán los correspondientes recargos del período ejecutivo, intereses de demora y, en su caso, las costas que se produzcan.
   Contra la exposición del padrón y las liquidaciones contenidas en el mismo, los interesados podrán interponer recurso de reposición, previo al contencioso-administrativo, en el plazo de un mes a contar desde la fecha de finalización del período de exposición al público del padrón.
  Villamantilla, a 1 de julio de 2013..El alcalde, Juan Antonio de la Morena Doca.
  (02/5.566/13)</texto>
</documento>