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    <identificador>BOCM-20130813-150</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 20</departamento>
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    <fecha_publicacion>2013/08/13</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 20. Ejecución 160 de 2013</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>191</diario_numero>
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  <analisis>
    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 20</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 20 
 
 150 
 Ejecución 160 de 2013 
  EDICTO
  En la ejecución número 160 de 2013, siendo ejecutante don Dionisio Fuentes Mondelo y ejecutada “Esabe Vigilancia, Sociedad Anónima”, se ha dictado la siguiente resolución:
  Decreto
  En Madrid, a 10 de julio de 2013.
  Parte dispositiva:
  Acuerdo: Se acepta la acumulación de esta ejecución a la seguida en los autos de ejecución número 157 de 2013 provenientes del procedimiento ordinario número 246 de 2008 seguido en este mismo Juzgado de lo social número 20 de Madrid, acordando unir las presentes actuaciones a aquellos.
  Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, no obstante lo cual se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículo 186.1 de la Ley de la Jurisdicción Social).
  Así lo acuerdo y firmo..Doy fe.
  En Madrid..La secretaria judicial, Almudena Ortiz Martín.
  (03/25.143/13)</texto>
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