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    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>VELILLA DE SAN ANTONIO</departamento>
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    <fecha_publicacion>2013/08/12</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Velilla de San Antonio. Régimen económico. Modificación ordenanza fiscal</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>190</diario_numero>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Velilla de San Antonio</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE VELILLA DE SAN ANTONIO 
 RÉGIMEN ECONÓMICO
 
 62 
 Modificación ordenanza fiscal 
  Siendo definitivo el acuerdo de modificación de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa número 17 de los servicios de las actividades extraescolares, transcurrido el plazo de alegaciones sin que se haya presentado ninguna, en cumplimiento de los dispuesto en el artículo 16 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, y 107 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases de Régimen Local, se publica a continuación el texto íntegro de los artículos reformados:
  Art. 4.  Cuantía:
  Epígrafe 1: Infantil, segundo ciclo, y Primaria (de tres a doce años).
  A)  ...
  .	40 euros/mes actividades de seis horas semanales.
  .	72 euros/mes actividades de diez horas semanales.
  Aquellas actividades que sean de más de diez horas semanales deberán tener un incremento proporcional, aplicando una tarifa de 3,60 euros por cada treinta minutos.
  Epígrafe 2: Secundaria (a partir de doce años).
  .	40 euros/mes actividades de seis horas semanales.
  .	72 euros/mes actividades de diez horas semanales.
  Aquellas actividades que sean de más de diez horas semanales deberán tener un incremento proporcional, aplicando una tarifa de 3,60 euros por cada treinta minutos.
  En Velilla de San Antonio, a 25 de julio de 2013..El alcalde-presidente, Julio Sánchez Alarilla.
  (03/25.860/13)</texto>
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