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    <departamento>JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE TORREJÓN DE ARDOZ NÚMERO 2</departamento>
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    <fecha_publicacion>2013/08/12</fecha_publicacion>
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    <titulo>Torrejón de Ardoz número 2. Juicio de faltas 1.329 de 2012</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>190</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE TORREJÓN DE ARDOZ NÚMERO 2</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE TORREJÓN DE ARDOZ NÚMERO 2 
 
 109 
 Juicio de faltas 1.329 de 2012 
  EDICTO
  Don Miguel Ángel Delgado Luquero, secretario del Juzgado de instrucción número 2 (anterior mixto número 2) de Torrejón de Ardoz.
  Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 1.329 de 2012 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:
  Sentencia 151 de 2012
  En Torrejón de Ardoz, a 10 de octubre de 2012..Doña Raquel Rodríguez Gómez, magistrada-juez del Juzgado de instrucción número 2 de Torrejón de Ardoz, habiendo visto y oído en juicio oral y público los presentes autos de juicio de faltas inmediato número 1.329 de 2012, seguido por falta de daños, en el que junto con el ministerio fiscal, en representación de la acción pública, han intervenido como parte denunciante doña Ana María Romero Linares y como denunciado don George Marius Rosca, dicta sentencia con el siguiente
  Fallo
  Condenar a don George Marius Rosca, como autor criminalmente responsable de una falta de daños, a la pena de veinte días de multa, con una cuota diaria de 6 euros, y a que indemnice a doña Ana María Romero Linares en la cantidad de 265 euros, con imposición de las costas.
  Contra la presente resolución cabe interponer recurso de apelación en el término de cinco días siguientes al de su notificación, plazo durante el cual las actuaciones se hallarán en esta Secretaría a disposición de las partes, debiendo formalizarse el recurso de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 790 a 792 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.
  Dedúzcase testimonio de la presente resolución que se unirá a los autos, quedando archivado el original en el libro correspondiente.
  Así lo acuerdo.
  Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a don George Marius Rosca, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente en Torrejón de Ardoz, a 3 de julio de 2013..El secretario (firmado).
  (03/24.945/13)</texto>
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