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    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
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    <fecha_publicacion>2013/08/10</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 19. Procedimiento ordinario 878 de 2012</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>189</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 19</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 19 
 
 62 
 Procedimiento ordinario 878 de 2012 
  EDICTO
  CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
  Don Gustavo Adolfo Carasa Antón, secretario judicial del Juzgado de lo social número 19 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento número 878 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Francisco Javier Martín Alonso, frente a “Esabe Seguridad, Sociedad Anónima”, sobre procedimiento ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:
  Fallo
  Que estimando parcialmente la demanda planteada por don Francisco Javier Martín Alonso, contra “Esabe Seguridad, Sociedad Anónima”, y Fondo de Garantía Salarial, debo condenar a la empresa demandada a abonar al actor la cantidad de 2.054,85 euros.
  En cuanto al Fondo de Garantía Salarial, deberá estar y pasar por la presente declaración.
  Se notifica esta sentencia a las partes, con la advertencia de que no es firme y contra ella cabe formular recurso de suplicación al Tribunal Superior de Justicia de Madrid, el cual deberá anunciarse en este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de esta resolución, bastando para ello la mera manifestación de la parte o de su abogado o su representante al hacerle la notificación de aquella de su propósito de entablarlo, o bien por comparecencia o por escrito de las partes, de su abogado o de su representante dentro del indicado plazo.
  Si el recurrente no goza del beneficio de justicia gratuita deberá al tiempo de anunciar el recurso haber consignado la cantidad objeto de condena en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” que tiene abierta este Juzgado en el “Banco Español de Crédito” (“Banesto”), con la cuenta corriente número 0030/1846/42/0005001274, en la calle Princesa, número 3, primera planta, haciendo constar en el ingreso el número de expediente 2517000000087812.
  Asimismo, deberá en el momento de interponer el recurso consignar la suma de 300 euros en concepto de depósito en dicha cuenta bancaria, haciendo constar en el ingreso el número de procedimiento 2517000000087812.
  Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.
  Y para que sirva de notificación en legal forma a “Esabe Seguridad, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 11 de julio de 2013..El secretario judicial (firmado).
  (03/24.762/13)</texto>
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