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    <fecha_publicacion>2013/08/09</fecha_publicacion>
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    <titulo>Torrejón de Ardoz número 3. Procedimiento ordinario 1.189 de 2009</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE TORREJÓN DE ARDOZ NÚMERO 3</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE TORREJÓN DE ARDOZ NÚMERO 3 
 
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 Procedimiento ordinario 1.189 de 2009 
  EDICTO
  En el presente procedimiento ordinario número 1.189 de 2009, seguido a instancias de doña María Jesús Violeta Barriga Ferrer y don Juan Carlos Barriga Ferrer, frente a don José Ávila Amado, doña María Teresa Pozo García y doña Paula Amado Castaño, se ha dictado sentencia, cuyo tenor literal es el siguiente:
  Fallo
  Estimo íntegramente la demanda presentada por doña María Jesús Violeta Barriga Ferrer y don Juan Carlos Barriga Ferrer, representados procesalmente por la procuradora doña Sara López López, contra don José Ávila Amado, representado procesalmente por el procurador don José María Marcelino García García, y contra doña María Teresa Pozo García y doña Paula Amado Castaño, declaradas en situación procesal de rebeldía y, en consecuencia, debo condenar y condeno a don José Ávila Amado, doña María Teresa Pozo García y doña Paula Amado Castaño a que de forma conjunta y solidaria paguen a doña María Jesús Violeta Barriga Ferrer y a don Juan Carlos Barriga Ferrer la cantidad de 12.068,56 euros, más los intereses descritos en el fundamento de derecho cuarto de la presente resolución, con imposición de costas a los demandados.
  Notifíquese la presente a las partes, indicando que contra la misma cabe interponer recurso de apelación, ante la ilustrísima Audiencia Provincial que deberá ser interpuesto en el plazo de veinte días ante este mismo Juzgado.
  Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.
  Y encontrándose dicha demandada doña Paula Amado Castaño en paradero desconocido se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma a la misma.
  Torrejón de Ardoz, a 26 de junio de 2013..El secretario (firmado).
  (02/5.634/13)</texto>
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