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    <fecha_publicacion>2013/08/09</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Guadarrama. Otros anuncios. Elección de juez de paz sustituto</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>GUADARRAMA</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE GUADARRAMA 
 OTROS ANUNCIOS
 
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 Elección de juez de paz sustituto 
  Por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid se ha instado a este Ayuntamiento para que proceda a iniciar los trámites necesarios para el nombramiento de juez de paz sustituto, por renuncia de la persona anteriormente nombrada.
  Corresponde al Pleno del Ayuntamiento elegir la persona para ser nombrada juez de paz sustituto de este municipio de conformidad a lo que disponen los artículos 101 y 102 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y artículos 4 y 5.1 del Reglamento 3/1995, de 7 de junio, de los Jueces de Paz.
  Se abre un plazo de quince días hábiles para que las personas que estén interesadas, y reúnan las condiciones legales, lo soliciten por escrito dirigido a esta Alcaldía.
  En la Secretaría del Ayuntamiento puede ser examinado el expediente y recabar la información que se precise en cuanto a requisitos, duración del cargo, remuneración, etcétera.
  Requisitos a reunir:
  .	Tener nacionalidad española.
  .	Ser mayor de edad.
  .	No estar incurso en ninguna de las causas de incapacidad previstas en el artículo 389 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.
  Que en caso de no presentarse solicitudes, el Pleno de la Corporación elegirá libremente, comunicando el acuerdo al Juzgado de primera instancia del partido.
  Lo que se publica para general conocimiento.
  En Guadarrama, a 16 de julio de 2013..La alcaldesa-presidenta, Carmen María Pérez del Molino.
  (03/25.775/13)</texto>
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