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    <fecha_publicacion>2013/08/06</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 1. Ejecución 183 de 2011</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>185</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 1</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 1 
 
 85 
 Ejecución 183 de 2011 
  EDICTO
  CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
  Doña Rosario Barrio Pelegrini, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 1 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento número 183 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don José Manuel Barreno Rivera, frente a “Análisis Inmobiliario Europeo, Sociedad Limitada”, “Consorcio Inmobiliario Mare Nóstrum, Sociedad Anónima”, “Reformas Integrales de Hoteles, Sociedad Anónima”, y “Sunscape Property Investments, Sociedad Anónima”, sobre ejecución forzosa, se ha dictado la siguiente resolución:
  Decreto
  En Madrid, a 27 de junio de 2013..Por todo lo cual,
  Parte dispositiva:
  A los efectos de las presentes actuaciones, y para el pago de 109.058,24 euros de principal, se declara la insolvencia provisional parcial de las ejecutadas “Consorcio Inmobiliario Mare Nóstrum, Sociedad Anónima”, “Reformas Integrales de Hoteles, Sociedad Anónima”, y “Análisis Inmobiliario Europeo, Sociedad Limitada” (“Sunscape Property Investments, Sociedad Anónima”, se encuentran en concurso de acreedores, y se ha dictado auto de fecha 14 de mayo de 2013 suspendiendo la ejecución respecto a ella), sin perjuicio de que pudieran encontrárseles nuevos bienes que permitieran hacer efectiva la deuda aún pendiente de pago.
  Hágase entrega de certificación a la parte ejecutante a fin de iniciar el correspondiente expediente ante el Fondo de Garantía Salarial.
  Una vez firme la presente resolución, archívense las presentes actuaciones.
  Modo de impugnación: contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión en el plazo de tres días desde su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros; dicho depósito habrá de realizarse mediante ingreso de su importe en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado en la entidad “Banesto”, número 2499/0000/64/0183/11.
  Así lo acuerdo y firmo..Doy fe.
  Diligencia..Seguidamente se cumple lo acordado y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social..Doy fe.
  Se advierte a las destinatarias de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.
  Y para que sirva de notificación en legal forma a “Consorcio Inmobiliario Mare Nóstrum, Sociedad Anónima”, “Análisis Inmobiliario Europeo, Sociedad Limitada”, “Sunscape Property Investments, Sociedad Anónima”, y “Reformas Integrales de Hoteles, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 27 de junio de 2013..La secretaria judicial (firmado).
  (03/24.091/13)</texto>
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