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    <fecha_publicacion>2013/08/05</fecha_publicacion>
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    <titulo>Móstoles número 1. Ejecución 157 de 2013</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>184</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 1</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 1 
 
 183 
 Ejecución 157 de 2013 
  EDICTO
  CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
  Doña María Victoria Esteban Delgado, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 1 de Móstoles.
  Hago saber: Que en el procedimiento número 157 de 2013 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Antonio Rodríguez Rivas, frente a “Neisse Impresión, Sociedad Limitada”, sobre ejecución forzosa, se han dictado las siguientes resoluciones:
  No ha lugar a la subsanación solicitada por don Antonio Rodríguez Rivas respecto de la cantidad de principal por la que se despacha ejecución, ya que en el importe de 10.165,74 euros se incluye, según consta en la sentencia, la cantidad de 9.241,59 euros, más el 10 por 100 de interés por mora.
  Se acuerda subsanar el defecto advertido en el auto de fecha 17 de mayo de 2013 respecto a la cantidad de intereses y costas calculados provisionalmente, que deben ser 1.500 euros.
  Así por este su auto lo acuerda, manda y firma el ilustrísimo magistrado-juez de lo social.
  A los efectos de las presentes actuaciones, y para el pago de 10.165,74 euros de principal y 1.500 euros calculados de intereses y costas, se declara la insolvencia provisional total de la ejecutada “Neisse Impresión, Sociedad Limitada”, sin perjuicio de que pudieran encontrársele nuevos bienes que permitieran hacer efectiva la deuda aún pendiente de pago.
  Hágase entrega de certificación a la parte ejecutante a fin de iniciar el correspondiente expediente ante el Fondo de Garantía Salarial.
  Una vez firme la presente resolución, archívense las presentes actuaciones.
  Modo de impugnación: contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión en el plazo de tres días desde su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros; dicho depósito habrá de realizarse mediante ingreso de su importe en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado en la entidad “Banesto”, número 2850/0000/64/0157/13.
  Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.
  Y para que sirva de notificación en legal forma a “Neisse Impresión, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Móstoles, a 1 de julio de 2013..La secretaria judicial (firmado).
  (03/23.981/13)</texto>
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