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    <identificador>BOCM-20130802-81</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
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    <fecha_publicacion>2013/08/02</fecha_publicacion>
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    <titulo>Leganés número 3. Juicio de faltas 161 de 2013</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>182</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de Primera Instancia e Instrucción:</organismo>
    <organismo>Juzgados de Primera Instancia e Instrucción:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE LEGANÉS NÚMERO 3</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE LEGANÉS NÚMERO 3 
 
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 Juicio de faltas 161 de 2013 
  EDICTO
  Doña María José Moraleja León, secretaria del Juzgado de instrucción número 3 de Leganés.
  Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 161 de 2013 se ha dictado sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:
  Sentencia
  En Leganés, a 5 de abril de 2013..Don Jorge Moreno González, magistrado-juez, habiendo visto el juicio de faltas número 161 de 2013, incoado en virtud de una presunta falta de hurto, teniendo la condición de denunciantes don Juan Andrés Martínez Gómez y el establecimiento “El Corte Inglés”, con domicilio a efectos de notificaciones en avenida de Gran Bretaña, sin número, Leganés (centro comercial “Parque Sur”), y de denunciado don Carlos Carrasco Santamaría, con la presencia del ministerio fiscal, y en el ejercicio de las potestades que le confieren la Constitución y las Leyes de España, dicta la presente resolución, que se basa en el siguiente
  Fallo
  Condeno a don Carlos Carrasco Santamaría, como autor de una falta de hurto, sin que concurra circunstancia alguna que, ya fuese por incidir en la antijuricidad del hecho o culpabilidad del autor, pueda modificar la responsabilidad criminal, imponiéndose la pena de sesenta días de multa, a razón de 2 euros diarios, con una responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas no satisfechas, más las costas.
  Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a don Carlos Carrasco Santamaría la publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido el presente en Leganés, a 4 de julio de 2013..La secretaria (firmado).
  (03/23.999/13)</texto>
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