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    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>SAN FERNANDO DE HENARES</departamento>
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    <fecha_publicacion>2013/07/31</fecha_publicacion>
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    <titulo>– San Fernando de Henares. Régimen económico. Suplemento crédito</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>180</diario_numero>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de San Fernado de Henares</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE SAN FERNANDO DE HENARES 
 RÉGIMEN ECONÓMICO
 
 80 
 Suplemento crédito 
  En cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 38.1 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, por el que se desarrolla el capítulo I del título VI de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, Reguladora de Haciendas Locales, en materia de presupuestos, en la oficina de Planificación y Presupuestos, en horario de oficina, se hallan expuestos al público a efectos de reclamaciones los documentos siguientes:
  .	Expediente número 3/24/2013 de suplementos de crédito.
  Dicho expediente fue aprobado por el Ayuntamiento Pleno en su sesión ordinaria celebrada el día 29 de julio de 2013.
  Los interesados legítimos a que hace referencia el artículo 170 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, podrán formular reclamaciones, con sujeción a las siguientes normas:
  a)	Plazo de admisión de reclamaciones y exposición: quince días hábiles siguientes a la fecha de publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  b)	Oficina de presentación de reclamaciones: Registro General del Ayuntamiento.
  c)	Organismo ante el que se reclama: Pleno del Ayuntamiento.
  San Fernando de Henares, a 29 de julio de 2013..El alcalde, Ángel Moreno García.
  (03/25.837/13)</texto>
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