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    <fecha_publicacion>2013/07/31</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Alcobendas. Urbanismo. Plan Parcial Comillas</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Alcobendas</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE ALCOBENDAS 
 URBANISMO
 
 54 
 Plan Parcial Comillas 
  La Junta de Gobierno Local en su sesión ordinaria celebrada el 16 de julio de 2013, adoptó, entre otros el siguiente acuerdo:
  El pasado 30 de octubre de 2012, la Junta de Gobierno Local acordó admitir a trámite y aprobar inicialmente el Plan Parcial del Área de Suelo Urbanizable Sectorizado S-5 “Comillas”, formulado por la Comunidad de Bienes Sector “Comillas”, con el objeto de desarrollar las determinaciones estructurantes que la modificación número 2 del Plan General de Ordenación Urbana de Alcobendas, aprobada provisionalmente mediante acuerdo del Pleno Municipal de 29 de mayo de 2012, recoge para el ámbito de Suelo Urbanizable Sectorizado S-5 “Comillas”, estableciendo las determinaciones de ordenación pormenorizada y definiendo con precisión los sistemas generales y demás dotaciones, así como las conexiones con los desarrollos urbanísticos adyacentes.
  El Informe de Análisis Ambiental (ISA), evacuado por la Dirección General de Evaluación Ambiental de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio de la Comunidad de Madrid, en fecha 2 de julio de 2012, especificaba la necesidad de elaborar Informe de Sostenibilidad Ambiental para lograr los objetivos definidos en el artículo 8.1 de la Ley 9/2006, de 28 de abril. El pasado 1 de julio de 2013, la representación de la Comunidad de Bienes Sector “Comillas” ha presentado escrito acompañando la documentación técnica correspondiente al Plan Parcial Área de Suelo Urbanizable Sectorizado S-5 “Comillas”, Informe de Sostenibilidad Ambiental correspondiente, cuyo objeto es la nueva aprobación inicial tanto del Plan Parcial como del ISA, para su posterior acuerdo de publicación y remisión a la Dirección General de Evaluación Ambiental de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio de la Comunidad de Madrid.
  Analizada la documentación presentada por los servicios técnicos municipales, estos concluyen que el Plan Parcial del Área de Suelo Urbanizable Sectorizado S-5 “Comillas” tiene el contenido sustantivo y documental exigible según la legislación vigente y cumple con las necesidades para la ordenación pormenorizada del sector, salvo por lo que respecta a garantizar una de las conexiones exteriores con la carretera M-603, que se hace en su tramo final por suelos ajenos al sector, para lo cual deberá aportar compromiso de cesión o de adquisición de los suelos afectados.
  Por lo anterior, vistos los informes que obran en el expediente, es por lo que esta Junta de Gobierno Local, en el marco previsto en el artículo 127.1.d) de la Ley 7/1985, de Bases del Régimen Local, acuerda:
  1.  Dejar sin efecto el acuerdo de la Junta de Gobierno Local de 30 de octubre de 2012, en el que se acordó admitir a trámite y aprobar inicialmente el Plan Parcial del Área de Suelo Urbanizable Sectorizado S-5 “Comillas”, formulado por la Comunidad de Bienes Sector “Comillas” con el objeto de desarrollar las determinaciones estructurantes que la modificación número 2 del Plan General de Ordenación Urbana de Alcobendas, aprobada provisionalmente mediante acuerdo del Pleno Municipal de 29 de mayo de 2012, recoge para el ámbito de Suelo Urbanizable Sectorizado S-5 “Comillas”, estableciendo las determinaciones de ordenación pormenorizada y definiendo con precisión los Sistemas Generales y demás dotaciones, así como las conexiones con los desarrollos urbanísticos adyacentes.
  2.  Admitir a trámite y aprobar inicialmente el nuevo documento del Plan Parcial del Área de Suelo Urbanizable Sectorizado S-5 “Comillas”, formulado por la Comunidad de Bienes Sector “Comillas” con el objeto de desarrollar las determinaciones estructurantes que la modificación número 2 del Plan General de Ordenación Urbana de Alcobendas, aprobada provisionalmente mediante acuerdo del Pleno Municipal de 29 de mayo de 2012, así como el documento del Informe de Sostenibilidad Ambiental que se adjunta al mismo.
  La aprobación definitiva del Plan Parcial se encuentra condicionada a la previa aprobación definitiva de la modificación puntual número 2 del Plan General de Ordenación Urbana de Alcobendas por el órgano competente de la Comunidad de Madrid y a que la Comunidad de Bienes Sector “Comillas” aporte compromiso de cesión o de adquisición de los suelos necesarios para garantizar una de las conexiones exteriores con la carretera M-603, que se hace en su tramo final por suelos ajenos al sector.
  3.  Someter este expediente a información pública por plazo de cuarenta y cinco días, mediante anuncios a insertar en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en un diario de los de mayor circulación de la provincia, plazo durante el cual el expediente podrá ser examinado y formuladas cuantas alegaciones se estimen oportunas por los interesados, así como efectuar la publicación por medios telemáticos a la que se refiere el artículo 70.3 de la Ley de Bases de Régimen Local.
  4.  Remitir a la Dirección General de Evaluación Ambiental de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio de la Comunidad de Madrid el documento del Informe de Sostenibilidad Ambiental (ISA) del Plan Parcial del Área de Suelo Urbanizable Sectorizado S-5 “Comillas”, formulado por la Comunidad de Bienes Sector “Comillas”, así como el resultado de la información pública de este expediente.
  5.  Dar traslado a la Comunidad de Bienes Sector “Comillas” del presente acuerdo.
  Cuantas personas se consideren interesadas podrán examinar dicho expediente en las mañanas de los días hábiles, durante el plazo de cuarenta y cinco días desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en el Departamento de Urbanismo (segunda planta), como asimismo, formular por escrito, que habrá de presentarse en el Registro General de la Corporación, cuantas alegaciones estimen pertinentes a sus derechos.
  Alcobendas, a 23 de julio de 2013..El alcalde en funciones, Ramón Cubián Martínez.
  (02/5.610/13)</texto>
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