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    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
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    <fecha_publicacion>2013/07/31</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 29. Ejecución 173 de 2013</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>180</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 29 
 
 157 
 Ejecución 173 de 2013 
  EDICTO
  CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
  Doña Elena Mónica de Celada Pérez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 29 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento número 173 de 2013 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Esmeralda Ramos Fernández y don José Pozo Fuertes, frente a “Hostelería Kifer, Sociedad Limitada”, sobre ejecución forzosa, se ha dictado la siguiente resolución (auto despachando ejecución):
  Parte dispositiva:
  Despachar orden general de ejecución de la sentencia a favor de la parte ejecutante don José Pozo Fuertes y doña Esmeralda Ramos Fernández, frente a la demandada “Hostelería Kifer, Sociedad Limitada”, parte ejecutada, por las siguientes cantidades:
  Doña Esmeralda Ramos Fernández: la cantidad de 1.400,13 euros de principal, más 84 euros y 140,01 euros de intereses y costas calculados provisionalmente, sin perjuicio de su posterior liquidación.
  Don José Pozo Fuertes: la cantidad de 2.894,75 euros de principal, más 173,70 euros y 289,50 euros de intereses y costas calculados provisionalmente, sin perjuicio de su posterior liquidación.
  Notifíquese la presente resolución a las partes.
  Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, en el que además de alegar las posibles infracciones en que hubiere incurrido la resolución podrá deducirse oposición en los términos previstos en el artículo 239.4 de la Ley de la Jurisdicción Social, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario del régimen de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la entidad “Banesto”, número 2802/0000/64/0173/13.
  Así por este su auto lo acuerda, manda y firma la ilustrísima magistrada-juez de lo social doña María Emma Cobo García.
  Diligencia..Seguidamente se cumple lo acordado y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social..Doy fe.
  Y para que sirva de notificación en legal forma a “Hostelería Kifer, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 1 de julio de 2013..La secretaria judicial (firmado).
  (03/23.416/13)</texto>
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