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    <fecha_publicacion>2013/07/31</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 26. Procedimiento 827 de 2012</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>180</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 26 
 
 152 
 Procedimiento 827 de 2012 
  EDICTO
  CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
  Don Fernando Alonso de Lera, secretario judicial del Juzgado de lo social número 26 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento número 827 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Álvaro Gálvez Malpartida, frente a “Soluciones Frío y Calor, Sociedad Limitada”, sobre despidos/ceses y general, se ha dictado auto de fecha 21 de junio de 2013, cuya parte dispositiva es la siguiente:
  Dispongo: Se declara extinguida la relación laboral que unía a don Álvaro Gálvez Malpartida con la empresa “Soluciones Frío y Calor, Sociedad Limitada”, condenando a esta parte a que abone a la parte ejecutante las siguientes cantidades.
  En concepto de indemnización: la cantidad de 9.491,27 euros, resultando de calcular cuarenta y cinco días por año trabajado hasta las presentes resoluciones (29 de enero de 2013).
  En concepto de salarios de tramitación: la cantidad resultante desde la fecha de despido (1 de junio de 2012), y hasta el día de la fecha de esta resolución, lo que supone trescientos ochenta y cinco días, por un salario por día de 54,06 euros, resulta la cantidad de 20.814 euros.
  Notifíquese la presente resolución a las partes.
  Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de recibirla, cuya sola interposición no suspenderá la efectividad de lo acordado (artículo 184, número 1 de la Ley de la Jurisdicción Social).
  Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.
  Y para que sirva de notificación en legal forma a “Soluciones Frío y Calor, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 21 de junio de 2013..El secretario judicial (firmado).
  (03/23.480/13)</texto>
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