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    <fecha_publicacion>2013/07/30</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 29. Juicio de faltas 548 de 2013</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>179</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de Instrucción:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE MADRID NÚMERO 29</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE MADRID NÚMERO 29 
 
 84 
 Juicio de faltas 548 de 2013 
  EDICTO
  Doña María José Sanz Escorihuela, secretaria del Juzgado de instrucción número 29 de Madrid.
  Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 548 de 2013 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:
  Sentencia número 158
  Magistrado-juez de instrucción, don Pedro Antonio Domínguez Morales..En Madrid, a 9 de mayo de 2013.
  El ilustrísimo señor don Pedro Antonio Domínguez Morales, magistrado-juez del Juzgado de instrucción número 29 de Madrid, ha visto los presentes autos de juicio de faltas número 548 de 2013, en los que han sido partes: el ministerio fiscal, en representación de la acción pública; como denunciante, don Javier Bravo Casco; como denunciado, don Nicolae Tudor, que no comparece, pese a estar citado en forma, y como perjudicado, el establecimiento comercial “Berskha”, constando en los autos el resto de los datos de los hasta aquí mencionados, recayendo la presente resolución con base en el siguiente
  Fallo
  Debo condenar y condeno a don Nicolae Tudor, como autor criminalmente responsable de una falta de hurto ya definida, a la pena de multa de un mes, a una cuota diaria de 4 euros, lo que totaliza la cantidad de 120 euros, con la responsabilidad personal subsidiaria para caso de impago de un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias no satisfechas. Asimismo, le condeno al pago de las costas procesales, si las hubiere.
  Hágase entrega definitiva a la perjudicada de los efectos sustraídos y recuperados.
  Notifíquese la presente resolución al ministerio fiscal y demás partes.
  La presente resolución no es firme y contra la misma cabe interponer recurso de apelación, en ambos efectos, en este Juzgado para ante la Audiencia Provincial de Madrid, en el plazo de cinco días desde su notificación.
  Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
  Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a don Nicolae Tudor, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente en Madrid, a 28 de junio de 2013..La secretaria (firmado).
  (03/23.491/13)</texto>
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