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    <fecha_publicacion>2013/07/30</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Madrid. Urbanismo. Área de Gobierno de Urbanismo y Vivienda. Aprobación definitiva Plan Especial</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Madrid</organismo>
    <organismo>Área de Gobierno de Urbanismo y Vivienda</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE MADRID 
 URBANISMO
 Área de Gobierno de Urbanismo y Vivienda
 
 20 
 Aprobación definitiva Plan Especial 
  El Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el día 27 de mayo de 2013, adoptó el siguiente acuerdo:
  «Primero..Aprobar definitivamente, una vez transcurrido el plazo de información pública sin que se hayan formulado alegaciones, el Plan Especial para el edificio sito en la calle Gran Vía, número 31, Distrito de Centro, promovido por don Pedro Muñoz Sánchez, en representación de “Exacorp One, Sociedad Limitada”, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, en relación con el artículo 57 de la misma Ley.
  Segundo..Publicar el presente acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en cumplimiento del artículo 66 del mismo texto legal.
  Tercero..La vigencia del Control Ambiental de Usos contenida en el presente Plan Especial, tendrá vigencia de un año contado a partir del día siguiente a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  Cuarto..Dar traslado a los interesados de este acuerdo, advirtiéndoles de los recursos que procedan en virtud de lo establecido en el artículo 58 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común».
  Lo que se publica en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 66 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, con indicación de que se ha procedido al depósito del presente Plan de Ordenación Urbanística en la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio de la Comunidad de Madrid.
  Significando que este acuerdo pone fin a la vía administrativa, pudiendo interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad de Madrid, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente a esta publicación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, de 13 de julio de 1998, sin perjuicio de cualquier otro que estime pertinente.
  Asimismo, a tenor de lo dispuesto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, modificado por la Ley 39/1994, de 30 de diciembre, a continuación se publica el texto de las ordenanzas del Plan Especial de referencia:
  NORMAS
  1.  Régimen de las obras
  Régimen y clases de obras de la propuesta de acuerdo con el Plan General de Ordenación Urbana de Madrid.
  Además de las obras admitidas por su nivel de protección según el artículo 4.3.12, mediante este Plan Especial se autorizan las siguientes obras al exceder de lo contemplado en el citado artículo.
  Obras reguladas por el Plan Especial
  Obras de rehabilitación
  Reestructuración puntual:
  .	Prolongar la escalera principal actual de la planta baja cinco peldaños, nivelando el forjado con el resto de la planta y eliminando los cinco peldaños existentes en el zaguán, así como la de bajada a planta sótano.
  .	Prolongar la escalera principal desde planta novena a décima.
  .	Modificar la situación actual de los ascensores principales, trasladándolos al patio central, recuperando el espacio del vestíbulo de las escaleras circulares.
  .	Modificación puntual del forjado de planta baja en el acceso por la calle Chinchilla para cumplimiento de accesibilidad.
  .	Redistribución de forjados de entreplanta sobre la baja.
  .	Redistribución de forjados en sótano-1.
  .	Se permitirá la ampliación de los casetones de ascensores e instalaciones en cubierta.
  .	Recuperación de la unidad espacial del zaguán de entrada.
  .	Regularización y ordenación de niveles de forjados de cubiertas.
  Reestructuración parcial:
  .	Instalación de nuevos ascensores, escalera y elementos de comunicación adosados a la medianería para adaptarse al CTE.
  .	Ejecución de nuevos patinillos de instalaciones y chimeneas hasta cubierta.
  .	Cubrición del patio central al nivel de planta segunda con un lucernario, cumpliendo las especificaciones técnicas del Plan General, así como la ordenación de manchones de dicho patio en planta primera.
  Reconfiguración:
  .	Demolición de construcción añadida y recuperación de terraza original de planta novena en fachada principal entre los torreones.
  .	Regulación y ordenación de niveles de forjados de las cubiertas de planta undécima.
  .	Se permitirá la colocación de chimeneas y maquinaria para instalaciones en planta undécima (cubiertas), así como ampliación de casetones existentes y ejecución de elementos de protección de vistas.
  Obras de ampliación:
  .	Justificadas en el artículo 4.10.6, apartado 2.c) c.1.): “para edificios catalogados que se regulen por la norma zonal 1-5, la ampliación de la edificabilidad no sobrepasará el 10 por 100 de la actualmente existente”.
  .	Edificabilidad máxima resultante 12.962,05 metros cuadrados (11.783,68 más el 10 por 100).
  1.  Régimen de los usos
  Mediante el presente Plan Especial se posibilita la implantación de un uso autorizable terciario (hospedaje y comercial), en situación de edificio exclusivo, sin perjuicio de que se puedan mantener o introducir los usos complementarios permitidos por la norma zonal de aplicación, en ese caso la norma 1, grado 5, nivel D, de usos.
  Madrid, a 14 de junio de 2013..El secretario general del Pleno, Federico Andrés López de la Riva Carrasco.
  (02/5.210/13)</texto>
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