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    <fecha_publicacion>2013/07/30</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Madrid. Régimen económico. Área de Gobierno de Seguridad y Emergencias. Notificación procedimientos sancionadores</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Madrid</organismo>
    <organismo>Área de Gobierno de Seguridad y Emergencias</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE MADRID 
 RÉGIMEN ECONÓMICO
 Área de Gobierno de Seguridad y Emergencias
 
 18 
 Notificación procedimientos sancionadores 
  EDICTO NÚMERO 40/2013. DEPARTAMENTO DE RECURSOS Y ACTUACIONES ADMINISTRATIVAS
  Resolución de 24 de junio de 2013, del secretario general técnico del Área de Gobierno de Seguridad y Emergencias, por la que se dispone la inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de edicto relativo a notificaciones no practicadas tras dos intentos:
  Habiendo sido intentada en dos ocasiones la notificación individual de las siguientes resoluciones dictadas en procedimientos sancionadores a los interesados que se expresan a continuación, sin que haya sido posible practicarlas, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.5, 60.2 y 61 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se procede a notificar mediante edicto el extracto del contenido de los actos que a continuación se especifican:
  Número de orden. . Interesado. . Expediente. . Resolución. . Sanción. .  Norma infringida
  1.  A. P., X-2127331-S. . 183/2012/03522. . 14 de mayo de 2013. . 1.500,00 euros. . Artículo 46.b) del texto refundido de la Ley por la que se regulan los servicios de prevención de incendios y salvamentos de la Comunidad de Madrid, aprobado por Decreto Legislativo 1/2006, de 28 de septiembre.
  2. . V. S. H., 1911079-D. . 183/2012/03524. . 22 de mayo de 2013. . 20.000,00 euros. . Artículo 25, apartado 1, de la Ley 17/1997, de 4 de julio, de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas.
  3. . M. U. B., 50551098-L. . 183/2012/03333. . 1 de marzo de 2013. . Suspensión cautelar. . Artículo 25.2 de la Ley Orgánica 1/1992, de 21 de febrero, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana.
  4. . G. B. S., X-5346751-X, 183/2012/03621. . 16 de mayo de 2013. . Suspensión cautelar. . Artículo 25.2 de la Ley Orgánica 1/1992, de 21 de febrero, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana.
  5. . J. L. M., 51456562-L. . 183/2012/04297. . 7 de mayo de 2013. . 1.200,00 euros. . Artículo 25.1 de la Ley Orgánica 1/1992, de 21 de febrero, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana.
  6. . T. P. C., 53493345-Z. . 183/2013/00013. . 8 de mayo de 2013. . 1.200,00 euros. . Artículo 25.1 de la Ley Orgánica 1/1992, de 21 de febrero, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana.
  7. . Y. M. D., 72480972-Z. . 183/2013/00019. . 13 de mayo de 2013. . 3.000,00 euros. . Artículo 25.1 de la Ley Orgánica 1/1992, de 21 de febrero, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana.
  De conformidad con el citado artículo 61, en evitación de cualquier posible lesión que de la publicación íntegra de la citada resolución pudiera derivarse para los derechos e intereses legítimos de los interesados, se significa que el texto íntegro de los actos que se notifican se encuentra a su disposición, previa acreditación de su identidad o de la representación conferida mediante cualquier medio válido de los admitidos por nuestro ordenamiento jurídico, en las dependencias del Departamento de Recursos y Actuaciones Administrativas de la Secretaría General Técnica del Área de Gobierno de Seguridad y Emergencias (paseo de Recoletos, número 5, Madrid, teléfono 915 889 137), en el horario de nueve a catorce, de lunes a viernes. Tanto en el caso de solicitar vista del expediente como fotocopias del mismo deberán solicitarlo telefónicamente o por escrito en el Registro indicando un número de contacto para que posteriormente se dé la correspondiente cita previa.
  Contra las expresadas resoluciones, que ponen fin a la vía administrativa, se podrán interponer los recursos que se indican a continuación: 
  I.  Recurso potestativo de reposición, ante el órgano competente para resolver, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente a la publicación del presente edicto (artículos 107, 116 y 117 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común).
  II.  Recurso contencioso-administrativo, ante los Juzgados de lo contencioso-administrativo de Madrid, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente edicto (artículos 8 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
  III.  Todo ello sin perjuicio de que los interesados interpongan cualquier otro recurso que estimen pertinentes.
  El importe de dichas sanciones podrán hacerlo efectivo mediante abonaré que podrán retirar en las dependencias anteriormente indicadas.
  En Madrid, a 24 de junio de 2013..El secretario general técnico del Área de Gobierno de Seguridad y Emergencias, Jesús E. Guereta López de Lizaga.
  (02/5.017/13)</texto>
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