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    <fecha_publicacion>2013/07/30</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 16. Ejecución 16 de 2013</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>179</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 16</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 16 
 
 144 
 Ejecución 16 de 2013 
  EDICTO
  CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
  Doña Ana Correchel Calvo, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 16 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento número 16 de 2013 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Enrique Navarro Martínez, frente a “AIS Servicios Integrales Dos Mil, Sociedad Limitada”, sobre ejecución forzosa, se ha dictado la siguiente resolución:
  Parte dispositiva:
  Se aprueba la tasación de costas y la liquidación de intereses practicada por la suma de 457,83 euros a cuyo pago resulta condenada la parte demandada en las presentes actuaciones.
  Póngase a disposición del demandante don Enrique Navarro Martínez la cantidad de 50,73 euros en concepto de intereses; del letrado don Manuel Antonio García Martínez la cantidad de 407,10 euros en concepto de minuta, y de la demandada “AIS Servicios Integrales Dos Mil, Sociedad Limitada”, la cantidad de 159,39 euros en concepto de sobrante, las cantidades resultantes de la liquidación de intereses y tasación de costas practicada, librándose al efecto los oportunos mandamientos.
  Modo de impugnación: contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión en el plazo de tres días desde su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros; dicho depósito habrá de realizarse mediante ingreso de su importe en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado en la entidad “Banesto”, número 2514/0000/64/0016/13.
  Así lo acuerdo y firmo..Doy fe.
  Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.
  Y para que sirva de notificación en legal forma a “AIS Servicios Integrales Dos Mil, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 27 de junio de 2013..La secretaria judicial (firmado).
  (03/23.309/13)</texto>
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