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    <fecha_publicacion>2013/07/29</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 34. Ejecución 192 de 2012</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>178</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 34 
 
 123 
 Ejecución 192 de 2012 
  EDICTO
  CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
  Don Fernando Benítez Benítez, secretario judicial del Juzgado de lo social número 34 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento número 192 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don José Luis Ruiz Alba, don José Luis Ruiz Castellanos y don Manuel Mera Granados, frente al Fondo de Garantía Salarial y “Lahico Rivas, Sociedad Limitada, Servicios Integrales”, sobre ejecución forzosa, se ha dictado resolución de fecha 11 de febrero de 2013, cuya parte dispositiva es la siguiente:
  Parte dispositiva:
  Despachar orden general de ejecución de la sentencia a favor de la parte ejecutante don Manuel Mera Granados, don José Luis Ruiz Castellanos y don José Luis Ruiz Alba, frente a la demandada “Lahico Rivas, Sociedad Limitada, Servicios Integrales”, parte ejecutada, por un principal de 6.229,53 euros, más 373,77 euros y 622,95 euros de intereses y costas calculados provisionalmente, sin perjuicio de su posterior liquidación. Corresponde del principal total a don Manuel Mera Granados la cantidad de 2.076,51 euros, a don José Luis Ruiz Castellanos 2.076,51 euros y a don José Luis Ruiz Alba 2.076,51 euros.
  Notifíquese la presente resolución a las partes.
  Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, en el que además de alegar las posibles infracciones en que hubiere incurrido la resolución podrá deducirse oposición en los términos previstos en el artículo 239.4 de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, Reguladora de la Jurisdicción Social, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario del régimen de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la entidad “Banesto”, número 2807/0000/64/0192/12.
  Así por este su auto lo acuerda, manda y firma el ilustrísimo magistrado-juez de lo social don Antonio Seoane García.
  Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.
  Y para que sirva de notificación en legal forma a “Lahico Rivas, Sociedad Limitada, Servicios Integrales”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 25 de junio de 2013..El secretario judicial (firmado).
  (03/23.136/13)</texto>
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