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    <identificador>BOCM-20130725-176</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 14</departamento>
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    <fecha_publicacion>2013/07/25</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 14. Procedimiento ordinario 364 de 2012</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>175</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 14</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 14 
 
 176 
 Procedimiento ordinario 364 de 2012 
  EDICTO
  CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
  Doña María Ángeles Charriel Ardebol, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 14 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento número 364 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Sandra Patricia Cuéllar López, frente a “Mi Calle de NY, Sociedad Limitada”, sobre procedimiento ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:
  Sentencia número 242
  En Madrid, a 21 de junio de 2013..Vistos por mí, don Antonio Cervera Peláez-Campomanes, magistrado-juez del Juzgado de lo social número 14 de Madrid, los presentes autos del orden social de la jurisdicción en materia de reclamación de cantidad, entre las siguientes partes: como demandante, doña Sandra Patricia Cuéllar López, asistida por el letrado don Ignacio Andrés Mondéjar, y como demandada, “Mi Calle de NY, Sociedad Limitada”, en la actualidad “Barrow Street, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, no comparecidos, se procede a dictar sentencia sobre la base del siguiente
  Fallo
  Que estimando de forma parcial la demanda interpuesta por doña Sandra Patricia Cuéllar López, contra “Mi Calle de NY, Sociedad Limitada”, en la actualidad “Barrow Street, Sociedad Limitada”, condeno a la demandada al pago a la actora de la suma de 302,76 euros, más sus intereses contados con arreglo a un tipo anual del 10 por 100.
  Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.
  Y para que sirva de notificación en legal forma a “Mi Calle de NY, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 25 de junio de 2013..La secretaria judicial (firmado).
  (03/22.816/13)</texto>
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