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    <fecha_publicacion>2013/07/24</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Alcorcón. Urbanismo. Modificación Estudio de Detalle avenida del Castillo</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Alcorcón</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE ALCORCÓN 
 URBANISMO
 
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 Modificación Estudio de Detalle avenida del Castillo 
  Ejecución de la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid por la que se anula la modificación del Estudio de Detalle de ordenación del enclave 21 “Avenida del Castillo”.
  Por acuerdo de Pleno de esta Corporación, adoptado en sesión celebrada el día 29 de abril de 2013, se acordó ejecutar la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid número 199/2013, de 8 de febrero (PO 509/2005), Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección Primera, por la que se anuló el acuerdo número 5/2005-15/84 del Pleno del Ayuntamiento de Alcorcón de 30 de marzo de 2005, por el que se desestimó el recurso de reposición contra la aprobación definitiva de la modificación del Estudio de Detalle de ordenación de volúmenes del enclave 21 “Avenida del Castillo de Villaviciosa de Odón” del Plan General de Ordenación Urbana de Alcorcón, presentado por la mercantil “Damirsa, Sociedad Anónima”, mediante la publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de un anuncio de anulación del mismo en lo referente al retranqueo de fachada de la parcela de uso residencial en su frente con la avenida del Castillo de Villaviciosa de Odón, cuya aprobación definitiva fue publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 1, de 3 de enero de 2005.
  En consecuencia, se hace público el presente anuncio para general conocimiento, significando que contra el mismo, que pone fin a la vía administrativa, se podrán interponer los siguientes recursos o cualquier otro que se considere oportuno:
  .	Recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que ha dictado este acuerdo, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente de la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. No se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto.
  .	Recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados y Tribunales competentes del orden jurisdiccional de lo contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente a la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  Alcorcón, a 10 de mayo de 2013..El secretario judicial del Pleno, Gabriel Dotor Castilla.
  (02/3.599/13)</texto>
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