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    <identificador>BOCM-20130724-184</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 2</departamento>
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    <fecha_publicacion>2013/07/24</fecha_publicacion>
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    <titulo>Móstoles número 2. Procedimiento 1.079 de 2012</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>174</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 2</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 2 
 
 184 
 Procedimiento 1.079 de 2012 
  EDICTO
  CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
  Doña María Isabel Cano Campaña, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 2 de Móstoles.
  Hago saber: Que en el procedimiento número 1.079 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Emma Caparrós Baretta, frente a don Miguel Ángel Zapata Costabile, sobre despidos/ceses en general, se ha dictado sentencia, cuyo fallo es del tenor literal siguiente:
  Parte dispositiva:
  Se tiene por no anunciado el recurso de suplicación mencionado en el hecho primero de esta resolución.
  Se declara la firmeza de la presente resolución.
  Modo de impugnación: recurso de queja, ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el plazo de diez días desde la notificación de la presente resolución (artículo 495 de la Ley de Enjuiciamiento Civil y 189 de la Ley de la Jurisdicción Social), debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 30 euros en la cuenta de consignaciones de la Sala del Tribunal Superior de Justicia de Madrid.
  Así por este su auto lo acuerda, manda y firma el ilustrísimo magistrado-juez de lo social don Ignacio de Torres Guajardo.
  Se advierte al destinatario de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.
  Y para que sirva de notificación en legal forma a don Miguel Ángel Zapata Costabile, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Móstoles, a 24 de junio de 2013..La secretaria judicial (firmado).
  (03/22.693/13)</texto>
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