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    <identificador>BOCM-20130723-227</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE GUADALAJARA NÚMERO 2</departamento>
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    <fecha_publicacion>2013/07/23</fecha_publicacion>
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    <titulo>Guadalajara número 2. Procedimiento ordinario 915 de 2012-L</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>173</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE GUADALAJARA NÚMERO 2</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE GUADALAJARA NÚMERO 2 
 
 227 
 Procedimiento ordinario 915 de 2012-L 
  EDICTO
  Doña María del Pilar Buelga Álvarez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 2 de Guadalajara.
  Hago saber: Que en el procedimiento ordinario número 915 de 2012-L de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Francisco Gregorio Fernández Fraile, contra la empresa “Magerit Facility Services, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, sobre cantidad, se ha dictado la sentencia número 207 de 2013, de fecha 13 de junio de 2013, cuyo fallo es como sigue:
  Fallo
  Que estimo la demanda en reclamación de cantidad interpuesta por don Francisco Gregorio Fernández Fraile, contra “Magerit Facility Services, Sociedad Limitada”, y condeno a la citada empresa a que abone al actor la cuantía bruta de 1.509,93 euros de principal y 150,99 euros de interés moratorio.
  Que condeno al Fondo de Garantía Salarial a estar y pasar por los anteriores pronunciamientos en sus legales responsabilidades.
  La presente sentencia es firme y contra la misma no cabe recurso alguno.
  Así por este mi sentencia lo pronuncia, manda y firma el ilustrísimo señor don José Rafael García de la Calle, magistrado-juez del Juzgado de lo social número 2 de Guadalajara.
  Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia o cuando se trate de emplazamiento.
  Y para que sirva de notificación en legal forma a “Magerit Facility Services, Sociedad Limitada”, se expide el presente cédula para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y colocar en el tablón de anuncios de este Juzgado.
  En Guadalajara, a 14 de junio de 2013..La secretaria judicial (firmado).
  (03/22.506/13)</texto>
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