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    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
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    <fecha_publicacion>2013/07/23</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 9. Procedimiento ordinario 1.154 de 2011</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>173</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 9 
 
 129 
 Procedimiento ordinario 1.154 de 2011 
  EDICTO
  CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
  Don Rafael Lozano Terrazas, secretario judicial del Juzgado de lo social número 9 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento número 1.154 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Francisco Galán Camacho, frente a la mancomunidad de propietarios de “Parking Nicaragua I y II”, sobre procedimiento ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:
  Diligencia..En Madrid, a 19 de noviembre de 2012.
  Lo extiendo yo, el secretario judicial, para hacer constar que con fecha 15 de noviembre de 2012 se ha presentado el anterior escrito por don Francisco Galán Camacho, y turnado a este Juzgado en fecha 16 de noviembre de 2012, manifestando que desiste de la presente demanda..Doy fe.
  Decreto
  En Madrid, a 19 de noviembre de 2012.
  Hechos:
  Primero..Presentada demanda con fecha 18 de octubre de 2011 por don Francisco Galán Camacho, contra la mancomunidad de propietarios de “Parking Nicaragua I y II”, fue registrada bajo el número 1.154 de 2011, en materia de ordinario.
  Segundo..En fecha 15 de noviembre de 2012 se presentó por la parte actora escrito en el que manifiesta que desiste de su demanda origen del presente procedimiento, suplicando se le tenga por desistido.
  Fundamentos de derecho:
  Único..Vistas las manifestaciones de la parte actora y de conformidad con lo solicitado, procede tener a la parte actora por desistida de su demanda y ordenar el archivo de las presentes actuaciones, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, en relación con los artículos 83 y concordantes de la vigente Ley de la Jurisdicción Social.
  Parte dispositiva:
  Así por este decreto: Se tiene a la parte actora por desistida de la demanda presentada y archívese el procedimiento sin más trámites.
  Modo de impugnarla: mediante recurso de revisión ante quien dicta esta resolución mediante escrito que deberá expresar la infracción cometida a juicio del recurrente, a presentar en este Juzgado dentro de los tres días hábiles siguientes a su notificación.
  Si el recurrente no tiene la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social deberá dentro del plazo para recurrir constituir un depósito de 25 euros, y si no lo hace, el recurso no se admitirá a trámite. El citado depósito podrá efectuarse:
  a)  Mediante consignación en la “Cuenta de consignaciones” de este Juzgado, con el número 2507, en la entidad bancaria “Banesto”, calle Orense, número 19.
  b)  Mediante transferencia en dicha entidad, siendo los veinte dígitos obligatorios 0030/ 1143/50/0000000000, indicando el número de la cuenta 2507, el número de procedimiento (cuatro dígitos) y el año (dos dígitos), y la persona o empresa que hace el ingreso.
  Se advierte a los destinatarios de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.
  Y para que sirva de notificación en legal forma a los presidentes de la mancomunidad de propietarios de “Parking Nicaragua I y II”, don Juan Amar Torres y doña Lucía Cobo Patiño, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 21 de junio de 2013..El secretario judicial (firmado).
  (03/22.496/13)</texto>
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