<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20130710-228</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 33</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2013/07/10</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>Madrid número 33. Procedimiento 1.334 de 2012</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>11</pagina_inicial>
    <pagina_final>11</pagina_final>
    <diario_numero>162</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://www.bocm.es/2013-07-10-162030720130100</url_html>
    <url_xml>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2013/07/10/BOCM-20130710-228.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2013/07/10/BOCM-20130710-228.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2013/07/10/BOCM-20130710-228.PDF</url_pdf>
    <url_epub>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2013/07/10/BOCM-20130710-228.epub</url_epub>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 33</organismo>
  </analisis>
  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 33 
 
 228 
 Procedimiento 1.334 de 2012 
  EDICTO
  CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
  Doña Teresa Domínguez Velasco, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 33 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento número 1.334 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Javier Luján Hernández, frente a “Redlan Instalaciones, Sociedad Limitada”, sobre despidos/ceses en general, se ha dictado la sentencia número 74 de 2013, cuya parte dispositiva es la siguiente:
  Estimo la demanda formulada por don Javier Luján Hernández, declaro la improcedencia del despido llevado a cabo por la mercantil “Redlan Instalaciones, Sociedad Limitada”, el día 10 de octubre de 2012, y le condeno a que le readmita en su puesto de trabajo con abono de los salarios de tramitación devengados hasta ese momento, a no ser que en los cinco días siguientes a la notificación de esta sentencia opte por indemnizarle con la suma de 18.222,57 euros.
  Además, deberá abonarle en concepto de salarios pendientes de abono la suma de 9.317,25 euros.
  Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.
  Y para que sirva de notificación en legal forma a “Redlan Instalaciones, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 11 de junio de 2013..La secretaria judicial (firmado).
  (03/20.830/13)</texto>
</documento>