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    <fecha_publicacion>2013/07/10</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 27. Ejecución 153 de 2013</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>162</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 27 
 
 211 
 Ejecución 153 de 2013 
  EDICTO
  CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
  Doña Elisa Cordero Díez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 27 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 153 de 2013 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Jacinto Guerra Rivera, frente a Asociación Promotora Española de Cortes de Arbitraje, sobre ejecución forzosa, se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva es la siguiente:
  Despachar orden general de ejecución de la sentencia número 64 de 2013 a favor de la parte ejecutante don Jacinto Guerra Rivera, frente a la demandada Asociación Promotora Española de Cortes de Arbitraje, parte ejecutada, por un principal de 12.926,88 euros (11.751,88 euros más 1.175 euros del artículo 29.3 del Estatuto de los Trabajadores), más 700 euros y 1.200 euros de intereses y costas calculados provisionalmente, sin perjuicio de su posterior liquidación.
  Y encontrándose decretada la insolvencia de la ejecutada en la ejecución seguida en este Juzgado con el número 16 de 2012, conforme a lo previsto en el artículo 276 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social procédase a dar audiencia a las partes y al Fondo de Garantía Salarial para que en el término de cinco días insten lo que a su derecho convenga en orden a la continuación de la ejecutoria, designando en tal caso bienes concretos de la deudora sobre los que despachar ejecución.
  Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.
  Y para que sirva de notificación en legal forma a Asociación Promotora Española de Cortes de Arbitraje, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 11 de junio de 2013..La secretaria judicial (firmado).
  (03/20.810/13)</texto>
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