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    <fecha_publicacion>2013/07/10</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 9. Ejecución 71 de 2013</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>162</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 9 
 
 164 
 Ejecución 71 de 2013 
  EDICTO
  CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
  Don Rafael Lozano Terrazas, secretario judicial del Juzgado de lo social número 9 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento número 71 de 2013 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Francisco Navarro Pancorbo, frente a “Gayza Instalaciones Eléctricas y Redes, Sociedad Limitada”, sobre ejecución forzosa, se ha dictado la siguiente resolución:
  Auto
  En Madrid, a 6 de junio de 2013..Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación,
  Parte dispositiva:
  En atención a lo dispuesto, se acuerda: Despachar orden general de ejecución de sentencia de fecha 19 de febrero de 2013 a favor de la parte ejecutante don Francisco Navarro Pancorbo, frente a la demandada “Gayza Instalaciones Eléctricas y Redes, Sociedad Limitada”, parte ejecutada por un principal de 1.663,55 euros, más 166 euros y 166 euros de intereses y costas calculados provisionalmente, sin perjuicio de su posterior liquidación.
  Notifíquese la presente resolución a las partes.
  Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, en el que además de alegar las posibles infracciones en que hubiere incurrido la resolución y el cumplimiento o incumplimiento de los requisitos procesales exigidos, pudiendo la parte demandada a la ejecución deducir oposición en los términos previstos en el artículo 239.4 de la Ley de la Jurisdicción Social, y pudiendo alegarse en el caso del procedimiento monitorio la falta de notificación del requerimiento (artículo 101.c de la Ley de la Jurisdicción Social), oposición para la que tiene el plazo de diez días hábiles a contar desde el siguiente a la notificación del presente auto y del decreto que se dicte (artículo 239.4 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social), debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario del régimen de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la entidad “Banesto”, número 2507/0000/64/0071/13.
  Así por este su auto lo acuerda, manda y firma el ilustrísimo magistrado-juez de lo social don José María Reyero Sahelices.
  Y para que sirva de notificación en legal forma a “Gayza Instalaciones Eléctricas y Redes, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 6 de junio de 2013..El secretario judicial (firmado).
  (03/20.813/13)</texto>
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