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    <identificador>BOCM-20130710-143</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE LEGANÉS NÚMERO 5</departamento>
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    <fecha_publicacion>2013/07/10</fecha_publicacion>
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    <titulo>Leganés número 5. Juicio de faltas 62 de 2013</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>162</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de Primera Instancia e Instrucción:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE LEGANÉS NÚMERO 5</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE LEGANÉS NÚMERO 5 
 
 143 
 Juicio de faltas 62 de 2013 
  EDICTO
  Doña Mercedes Riolobos Izquierdo, secretaria del Juzgado de instrucción número 5 de Leganés.
  Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 62 de 2013 se ha dictado la presente sentencia, que en su fallo dice:
  Que debo condenar y condeno a don Seyed Babk Mahdavi Soltani, como autor responsable de una falta de hurto en grado de tentativa, prevista y penada en el artículo 623.1 del Código Penal, a la pena de treinta días de multa, con cuotas diarias de 5 euros, con aplicación del artículo 53 del Código Penal en el caso de impago, y al pago de las costas causadas en la tramitación del presente procedimiento si las hubiere.
  Contra la presente sentencia cabe recurso de apelación en el plazo de cinco días siguientes al de su notificación. De acuerdo con el artículo 976 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, durante este período se hallan las actuaciones en Secretaría a disposición de las partes.
  Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a don Seyed Babk Mahdavi Soltani, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente en Leganés, a 11 de junio de 2013..La secretaria (firmado).
  (03/20.561/13)</texto>
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