<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20130706-47</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 7</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2013/07/06</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>Madrid número 7. Procedimiento ordinario 793 de 2012</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>3</pagina_inicial>
    <pagina_final>3</pagina_final>
    <diario_numero>159</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://www.bocm.es/2013-07-06-159240620130033</url_html>
    <url_xml>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2013/07/06/BOCM-20130706-47.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2013/07/06/BOCM-20130706-47.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2013/07/06/BOCM-20130706-47.PDF</url_pdf>
    <url_epub>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2013/07/06/BOCM-20130706-47.epub</url_epub>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 7</organismo>
  </analisis>
  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 7 
 
 47 
 Procedimiento ordinario 793 de 2012 
  EDICTO
  CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
  Doña María Belén Gómez Rodríguez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 7 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento número 793 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Jerónimo Francisco Sánchez López, frente a “Serprosa Ibérica de Seguridad, Sociedad Anónima”, sobre procedimiento ordinario, se ha dictado la siguiente sentencia:
  Que estimando la demanda que en materia de reclamación de cantidad ha interpuesto don Jerónimo Francisco Sánchez López, contra “Serprosa Ibérica de Seguridad, Sociedad Anónima”, debo condenar y condeno a esta a que abone al actor la cantidad de 2.024,66 euros, junto con el interés por mora del artículo 29.3 del Estatuto de los Trabajadores.
  Notifíquese esta resolución a las partes, con entrega de copia, advirtiéndoseles que contra la misma no cabe recurso alguno.
  Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.
  Y para que sirva de notificación en legal forma a “Serprosa Ibérica de Seguridad, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 4 de junio de 2013..La secretaria judicial (firmado).
  (03/20.103/13)</texto>
</documento>