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    <titulo>Madrid número 2. Ejecución 38 de 2012</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>159</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 2 
 
 36 
 Ejecución 38 de 2012 
  EDICTO
  CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
  Doña Laura Carrión Gómez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 2 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento número 38 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Ana Belén Rubio Sacedo, doña Carmen Gálvez Pérez, don Ignacio Llorens Sevilla, doña Isabel Sánchez Gallego, don Jesús Martínez Pérez, don Jesús Alejandro Díez Herranz, doña Juventina Elez Pinilla, doña María de la Concepción Delgado Antón, don Pablo Palacios Delgado, doña Rosa María Balandín Lorenzo, don Saturnino Garnacho Gutiérrez y don Vicente Zárate Díaz Jorge, frente a “Vimatur, Sociedad Anónima”, sobre ejecución forzosa, se ha dictado la siguiente resolución:
  Se acuerda la acumulación a la presente ejecución forzosa número 38 de 2012 la que se sigue, también en este Juzgado, con el número de ejecución 104 de 2013, continuándose su tramitación en un solo procedimiento.
  El principal total de las dos ejecuciones acumuladas asciende a 867.783,99 euros, más 52.067,03 euros y 86.778,39 euros para intereses y costas que se presupuestan provisionalmente.
  Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, no obstante lo cual se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículo 186.1 de la Ley de la Jurisdicción Social).
  Así lo acuerdo y firmo..Doy fe.
  Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.
  Y para que sirva de notificación en legal forma a “Vimatur, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 6 de junio de 2013..La secretaria judicial (firmado).
  (03/20.096/13)</texto>
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