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    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 1</departamento>
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    <fecha_publicacion>2013/07/06</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 1. Procedimiento de oficio 1.340 de 2011</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 1</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 1 
 
 30 
 Procedimiento de oficio 1.340 de 2011 
  EDICTO
  CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
  Doña Rosario Barrio Pelegrini, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 1 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento número 1.340 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de la Comunidad de Madrid, frente a don Abdal Jalil Alhay Salih y don Mohamad Bader E Al Khatir, sobre procedimiento de oficio, se ha dictado la siguiente resolución:
  Sentencia número 174 de 2013
  En Madrid, a 8 de mayo de 2013..Visto por el ilustrísimo señor don Antonio Martínez Melero, magistrado-juez del Juzgado de lo social número 1 de esta ciudad, el juicio promovido en reclamación de cantidad, a instancias de la Comunidad de Madrid, frente a don Mohamad Bader E Al Khatir y don Abdal Jalil Alhay Salih.
  Vistos los preceptos citados y demás de general aplicación al caso,
  Fallo
  Que estimando íntegramente las pretensiones de la demanda, declaro que el empresario don Mohamad Bader E Al Khatir ha utilizado injustificadamente la contratación eventual, contraviniendo lo dispuesto en el artículo 15.1.b) del Estatuto de los Trabajadores e incurriendo en infracción tipificada como grave en el artículo 7.2 de la Ley de Infracciones y Sanciones del Orden Social.
  Notifíquese la presente resolución en legal forma a las partes y adviértase que contra la misma cabe interponer recurso de suplicación para ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, que deberá anunciarse ante este Juzgado por comparecencia o por escrito en el plazo de cinco días contados a partir de la notificación de la presente resolución, siendo indispensable que al tiempo de anunciarlo, el recurrente, si es parte en quien no concurra la condición de trabajador o causahabiente suyo o beneficiario de la Seguridad Social y que no goce del beneficio de justicia gratuita, presente dentro del plazo de diez días para la formalización del recurso resguardo del ingreso en “Recursos de suplicación” de la cantidad de 300 euros, con indicación de la entidad bancaria 0030, oficina 1143, digito de control 50, número de cuenta 0000000000, beneficiario Juzgado de lo social número 1 de Madrid, concepto 2499/0000/34 y número del presente procedimiento judicial, en la sucursal de “Banesto”, sita en la calle Orense, número 19, de Madrid.
  Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
  Se advierte a los destinatarios de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.
  Y para que sirva de notificación en legal forma a don Abdal Jalil Alhay Salih y don Mohamad Bader E Al Khatir, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 28 de mayo de 2013..La secretaria judicial (firmado).
  (03/19.817/13)</texto>
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