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    <fecha_publicacion>2013/06/29</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 14. Procedimiento ordinario 121 de 2012</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 14</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 14 
 
 75 
 Procedimiento ordinario 121 de 2012 
  EDICTO
  CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
  Doña María Ángeles Charriel Ardebol, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 14 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento número 121 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Domingo de León Dotel y don Emilio José García Pérez, frente a “Traest, Sociedad de Responsabilidad Limitada”, sobre procedimiento ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:
  Sentencia número 140 de 2013
  En Madrid, a 23 de abril de 2013..Vistos por mí, don Antonio Cervera Peláez-Campomanes, magistrado-juez del Juzgado de lo social número 4 de Madrid, los presentes autos de orden social de la jurisdicción en materia de reclamación de cantidad, entre las siguientes partes: don Domingo de León Dotel y don Emilio José García Pérez, como demandantes, representados por el graduado social don Pedro Colli Peletero, y como demandada “Traest, Sociedad de Responsabilidad Limitada”, no comparecida, se procede a dictar sentencia sobre la base de lo siguiente:
  Que estimando parcialmente la demanda interpuesta por don Domingo de León Dotel y don Emilio José García Pérez, contra “Traest, Sociedad de Responsabilidad Limitada”, condeno a esta a abonar a los demandantes las siguientes sumas, más sus intereses contados con arreglo a un tipo anual de 10 por 100, a excepción de la indemnización por despido improcedente:
  A don Domingo de León Dotel: 21.751,99 euros, de los que 12.823,25 euros corresponden a la indemnización.
  A don Emilio José García Pérez: 8.028,84 euros.
  Notifíquese la presente sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra la misma pueden interponer recurso de suplicación, ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Madrid, el cual, en su caso, deberá ser anunciado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de la sentencia, bastando para ello la mera manifestación en tal sentido de la parte o de su abogado, graduado social o de su representante en el momento de hacerle la notificación, o por medio de escrito o comparecencia. En el caso de que la recurrente fuera la empresa demandada, deberá acreditar al tiempo de anunciar el recurso haber ingresado en la cuenta corriente de este Juzgado en la entidad bancaria “Banesto”, número de cuenta 2512/65/0000/0121/12, la cantidad total objeto de condena, pudiendo sustituirse la consignación en metálico por el aseguramiento mediante aval bancario, de duración indefinida y pagadero a primer requerimiento, en el que deberá hacerse constar la responsabilidad solidaria del avalista. De igual modo, todo el que sin tener la condición de trabajador o causahabiente suyo o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social intente interponer recurso de suplicación, deberá acreditar, al tiempo de anunciar el recurso, haber consignado en la indicada cuenta como depósito la cantidad de 300 euros.
  Asimismo, el recurrente deberá abonar las tasas a las que venga obligado en virtud de lo dispuesto en la Ley 10/2012, de 20 de noviembre.
  Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
  Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.
  Y para que sirva de notificación en legal forma a “Traest, Sociedad de Responsabilidad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 29 de mayo de 2013..La secretaria judicial (firmado).
  (03/19.283/13)</texto>
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