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    <identificador>BOCM-20130629-143</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE VALENCIA NÚMERO 14</departamento>
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    <fecha_publicacion>2013/06/29</fecha_publicacion>
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    <titulo>Valencia número 14. Autos 1.023 de 2012</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>153</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE VALENCIA NÚMERO 14</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE VALENCIA NÚMERO 14 
 
 143 
 Autos 1.023 de 2012 
  EDICTO
  Doña María Piedad Rubio Fernández, secretaria del Juzgado de lo social número 14 de Valencia.
  Hago saber: Que en este Juzgado se siguen autos número 1.023 de 2012, a instancias de don Vicente Ferrer Gómez, contra “Aljoser, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, en los que el día 5 de diciembre de 2012 se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva dice:
  Parte dispositiva:
  Se acuerda la acumulación a los presentes autos de los seguidos ante el Juzgado de lo social número 6 de esta ciudad con el número de registro general 16.374 de 2012 y número de orden 980 de 2012.
  Ofíciese al referido Juzgado para la remisión de los indicados autos, acompañando testimonio de esta resolución, y al Decanato de los Juzgados de lo social de Valencia, comunicando la acumulación acordada a los efectos oportunos.
  Se hace saber que contra esta resolución cabe recurso de reposición ante este mismo Juzgado en el plazo de tres días y en la forma y con los requisitos señalados en el artículo 187 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.
  Al interponer el recurso de reposición, el recurrente que no gozare del beneficio de justicia gratuita deberá hacer entrega en la Secretaría de este Juzgado de resguardo acreditativo del depósito de 25 euros en cualquier oficina del “Banco Español de Crédito” (“Banesto”), en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” abierta a nombre de este Juzgado, número 4480/0000/30/número de procedimiento y año, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, pudiendo disponer de tales resguardos en el mencionado banco.
  Así lo acuerda, manda y firma su señoría doña Mercedes Miñana Arnao, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 14 de Valencia..Doy fe.
  Y para que conste y sirva de notificación a “Aljoser, Sociedad Limitada”, que se encuentra en ignorado paradero, así como para su inserción en el tablón de anuncios y publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido el presente en Valencia, a 28 de mayo de 2013..La secretaria judicial (firmado).
  (03/19.266/13)</texto>
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