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    <identificador>BOCM-20130629-138</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE BILBAO NÚMERO 7</departamento>
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    <fecha_publicacion>2013/06/29</fecha_publicacion>
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    <titulo>Bilbao número 7. Social ordinario 188 de 2013</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>153</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE BILBAO NÚMERO 7</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE BILBAO NÚMERO 7 
 
 138 
 Social ordinario 188 de 2013 
  EDICTO
  Don Francisco Lurueña Rodríguez, secretario judicial del Juzgado de lo social número 7 de Bilbao (Bizkaia).
  Hago saber: Que en autos de lo social ordinario número 188 de 2013 de este Juzgado de lo social, seguidos a instancias de don Nicolás Andrés Echevarría y don César Idiáguez Rodríguez, contra Fondo de Garantía Salarial, doña María Luisa Tormo Durá, “Urbopama, Sociedad Anónima Unipersonal”, y “UTE Morrison Infraestructuras Construcciones y Servicios, Sociedad Anónima-Cycasa Canteras y Construcciones, Sociedad Anónima”, sobre reclamación de cantidad, se ha dictado la siguiente resolución:
  Auto
  Magistrada-juez de lo social, doña Cristina Isabel Padró Rodríguez..En Bilbao (Bizkaia), a 28 de mayo de 2013.
  Parte dispositiva:
  Se acuerda en relación a la prueba solicitada por don Nicolás Andrés Echevarría y don César Idiáguez Rodríguez:
  Requerir a “Urbopama, Sociedad Anónima Unipersonal”, y “UTE Morrison Infraestructuras Construcciones y Servicios, Sociedad Anónima-Cycasa Canteras y Construcciones, Sociedad Anónima”,  parte demandada, mediante la notificación de esta resolución, para que presenten adecuadamente, ordenados y numerados los documentos requeridos que estén en su poder y que han sido solicitados por la otra parte, así como copias de los mismos, advirtiéndoles que podrán estimarse probadas las alegaciones hechas por la parte proponente en relación con la prueba acordada si dejan de presentarlos sin causa justificada (artículo 94.2 de la Ley de la Jurisdicción Social).
  Notifíquese esta resolución.
  Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición ante la magistrada-juez, a presentar en la oficina judicial dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, con expresión de la infracción en que la resolución hubiera incurrido a juicio del recurrente (artículos 186.2 y 187.1 de la Ley de la Jurisdicción Social).
  La interposición del recurso no tendrá efectos suspensivos respecto de la resolución recurrida (artículo 186.3 de la Ley de la Jurisdicción Social).
  Para interponer el recurso será necesaria la constitución de un depósito de 25 euros, sin cuyo requisito no será admitido a trámite. El depósito se constituirá consignando dicho importe en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” que este Juzgado tiene abierta en el grupo “Banesto” (“Banco Español de Crédito”), consignación que deberá ser acreditada al interponer el recurso (disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica del Poder Judicial).
  Están exentos de constituir el depósito para recurrir los sindicatos, quienes tengan reconocido el derecho a la asistencia jurídica gratuita, quienes tengan la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social, el ministerio fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades Locales y los organismos autónomos dependientes de todos ellos.
  Lo acuerda y firma su señoría..Doy fe.
  Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo cuando se trate de auto, sentencia, decreto, que ponga fin al proceso o resuelva incidentes, o emplazamiento.
  Y para que sirva de notificación en legal forma a “Urbopama, Sociedad Anónima Unipersonal”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Bilbao (Bizkaia), a 28 de mayo de 2013..El secretario judicial (firmado).
  (03/19.292/13)</texto>
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