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    <identificador>BOCM-20130625-72</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE COLMENAR VIEJO NÚMERO 1</departamento>
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    <fecha_publicacion>2013/06/25</fecha_publicacion>
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    <titulo>Colmenar Viejo número 1. Juicio verbal 793 de 2011-E</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>149</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de Primera Instancia e Instrucción:</organismo>
    <organismo>Juzgados de Primera Instancia e Instrucción:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE COLMENAR VIEJO NÚMERO 1</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE COLMENAR VIEJO NÚMERO 1 
 
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 Juicio verbal 793 de 2011-E 
  EDICTO
  CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
  En el procedimiento de juicio verbal número 793 de 2011-E se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente:
  Sentencia
  En Colmenar Viejo, a 22 de enero de 2013.
  Fallo
  Estimar íntegramente la demanda interpuesta por el procurador don Francisco José Pomares Ayala, en nombre y representación de la entidad “Unión Financiera Asturiana, Sociedad Anónima”, frente a don Julián Frutos Alonso Álvarez, y, en consecuencia, condenar al demandado a que, por el vencimiento anticipado del préstamo suscrito, abone a la actora la cantidad total de 3.900,75 euros, más intereses legales desde la fecha de la interpelación judicial y con expresa imposición de las costas devengadas en la instancia a la parte demandada.
  Notifíquese la presente sentencia a las partes, también al demandado rebelde, haciéndoles saber que no es firme y contra ella cabe interponer recurso de apelación en el tiempo y forma legalmente previstos.
  Así lo acuerda, manda y firma doña Lucía Legido Gil, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 1 de Colmenar Viejo.
  Y como consecuencia del ignorado paradero de don Julián Frutos Alonso Álvarez, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.
  Colmenar Viejo, a 25 de abril de 2013..El secretario (firmado).
  (02/3.377/13)</texto>
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