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    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 11</departamento>
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    <fecha_publicacion>2013/06/22</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 11. Procedimiento 1.425 de 2011</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>147</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 11</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 11 
 
 62 
 Procedimiento 1.425 de 2011 
  EDICTO
  CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
  Doña Encarnación Gutiérrez Guío, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 11 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento número 1.425 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Bernardo Espírito Santo, frente a don Daniel Salgado Manzano, “Altayr Rent a Car, Sociedad Limitada”, “Barragán Rent a Car, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, sobre procedimiento ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:
  Diligencia..En Madrid, a 22 de mayo de 2013.
  La extiendo yo, la secretaria judicial, para hacer constar que en fecha 22 de mayo de 2013 comparece el letrado de don Bernardo Espírito Santo, don José Luis de Vicente Álvarez, con número de colegiado 71.786, en virtud de escrituras de poder que exhibe y retira en este acto, firmadas ante el notario de Madrid don José Hornillos Blasco, en Torrejón de Ardoz, con fecha 9 de mayo de 2012 y número de protocolo 770, manifestando su intención de desistir de la demanda..Doy fe.
  Decreto
  En Madrid, a 22 de mayo de 2013..Por todo lo cual,
  Parte dispositiva:
  Se acuerda tener por desistida a la parte actora don Bernardo Espírito Santo de la acción ejercitada en este procedimiento y ordenar el archivo de las presentes actuaciones, previa baja en el libro correspondiente.
  Modo de impugnación: contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión en el plazo de tres días desde su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros; dicho depósito habrá de realizarse mediante ingreso de su importe en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado en la entidad “Banesto”, número 2509/0000/00/1425/11.
  Así lo acuerdo y firmo..Doy fe.
  Diligencia..Seguidamente se cumple lo acordado y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social..Doy fe.
  Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.
  Y para que sirva de notificación en legal forma a “Barragán Rent a Car, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 23 de mayo de 2013..La secretaria judicial (firmado).
  (03/18.239/13)</texto>
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