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    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
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    <fecha_publicacion>2013/06/21</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 13. Procedimiento 1.454 de 2009</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 13 
 
 166 
 Procedimiento 1.454 de 2009 
  EDICTO
  CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
  Doña María Isabel Tirado Gutiérrez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 13 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento número 1.454 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Hilario Arribas Fernández, frente a “Azugrés, Sociedad Limitada”, “Fremap, Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesional de la Seguridad Social”, Instituto Nacional de la Seguridad Social, Servicio Público de Empleo Estatal y Tesorería General de la Seguridad Social, sobre Seguridad Social, se ha dictado la siguiente resolución:
  Diligencia..En Madrid, a 23 de mayo de 2013.
  La extiendo yo, la secretaria judicial, para hacer constar que han transcurrido con exceso los tres días concedidos para impugnar el recurso de reposición interpuesto, habiéndose presentado en fecha 1 de abril de 2013 escrito de impugnación por don Hilario Arribas Fernández, de todo lo cual doy y paso a dar cuenta.
  Decreto
  En Madrid, a 23 de mayo de 2013.
  Parte dispositiva:
  Estimar el recurso de reposición interpuesto por Instituto Nacional de la Seguridad Social y Tesorería General de la Seguridad Social contra diligencia de ordenación de fecha 4 de marzo de 2013, reponiéndola en el sentido de dejar sin efecto el requerimiento de cálculo e ingreso de capital coste y todo ello sin perjuicio de que el actor proceda a solicitar la ejecución provisional de los artículos 295 y siguientes de la Ley de la Jurisdicción Social.
  Notifíquese este decreto a las partes.
  Modo de impugnación: no cabe recurso alguno.
  Así por este su decreto lo acuerda y firma la secretaria judicial doña María Isabel Tirado Gutiérrez.
  Diligencia..Seguidamente se cumple lo acordado y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social..Doy fe.
  Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.
  Y para que sirva de notificación en legal forma a “Azugrés, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 23 de mayo de 2013..La secretaria judicial (firmado).
  (03/18.204/13)</texto>
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