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    <titulo>Madrid número 8. Ejecución 67 de 2013</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 8 
 
 146 
 Ejecución 67 de 2013 
  EDICTO
  CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
  Doña María Isabel Tirado Gutiérrez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 8 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento número 67 de 2013 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Viviane Correia Do Nascimento Teixeira, frente a don Wálter Pérez Kapelas Kalafatis y Fondo de Garantía Salarial, sobre ejecución forzosa, se ha dictado auto y decreto de fecha 20 de mayo de 2013, cuyas partes dispositivas son del tenor literal siguiente:
  Despachar orden general de ejecución de la sentencia a favor de la parte ejecutante doña Viviane Correia Do Nascimento Teixeira, frente al demandado don Wálter Pérez Kapelas Kalafatis, parte ejecutada, por un principal de 252,12 euros, más 50,42 euros de intereses y costas calculados provisionalmente, sin perjuicio de su posterior liquidación.
  Notifíquese la presente resolución a las partes.
  Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, en el que además de alegar las posibles infracciones en que hubiere incurrido la resolución podrá deducirse oposición en los términos previstos en el artículo 239.4 de la Ley de la Jurisdicción Social, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario del régimen de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la entidad “Banesto”, número 2506/0000/64/0067/13.
  En orden a dar efectividad a la orden general de ejecución, acuerdo: Proceder a la investigación judicial del patrimonio del ejecutado. A tal efecto, se consultarán las bases de datos a las que tenga acceso este órgano judicial y se librarán los despachos pertinentes a los organismos y registros públicos a fin de que faciliten la relación de todos los bienes o derechos del deudor de los que tengan constancia, tras la realización por estos, si fuere preciso, de las averiguaciones legalmente posibles. Se recabará la información precisa, dentro de los límites del derecho a la intimidad personal, para lograr la efectividad de la obligación pecuniaria que se ejecuta de entidades financieras o depositarias o de otras personas privadas que por el objeto de su normal actividad o por sus relaciones jurídicas con el ejecutado deban tener constancia de los bienes o derechos de esta o pudieran resultar deudoras del mismo.
  La “Cuenta de consignaciones” del órgano judicial a efectos de pago será la número 2506/0000/64/0067/13, debiendo indicar en el campo “Concepto de pago”, “Banco cuenta consignaciones”.
  Dar audiencia al Fondo de Garantía Salarial para que en quince días pueda designar la existencia de nuevos bienes susceptibles de traba, advirtiéndole que de no ser así se procederá a dictar decreto de insolvencia provisional en la presente ejecución, no procediendo dar audiencia a la actora dado que la misma en su escrito ya manifiesta desconocer la existencia de nuevos bienes del ejecutado.
  Notifíquese la presente resolución a las partes.
  Modo de impugnación: contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión en el plazo de tres días desde su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros; dicho depósito habrá de realizarse mediante ingreso de su importe en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado en la entidad “Banesto”, número 2506/0000/64/0067/13.
  Se advierte al destinatario de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.
  Y para que sirva de notificación en legal forma a don Wálter Pérez Kapelas Kalafatis, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 20 de mayo de 2013..La secretaria judicial (firmado).
  (03/18.146/13)</texto>
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