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    <fecha_publicacion>2013/06/21</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 1. Procedimiento 363 de 2012</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>146</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 1</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 1 
 
 130 
 Procedimiento 363 de 2012 
  EDICTO
  CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
  Doña Rosario Barrio Pelegrini, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 1 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento número 363 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Luis Alfredo Morocho Villagómez, frente al Fondo de Garantía Salarial y “Trimarán Bulevares, Sociedad Limitada”, sobre despidos/ceses en general, se ha dictado la siguiente resolución:
  Sentencia número 126 de 2013
  En Madrid, a 2 de abril de 2013..Visto por el ilustrísimo señor don Antonio Martínez Melero, magistrado-juez del Juzgado de lo social número 1 de esta ciudad, el juicio promovido por despido, a instancias de don Luis Alfredo Morocho Villagómez, frente a la empresa “Trimarán Bulevares, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial.
  Vistos los preceptos citados y demás de general aplicación al caso,
  Fallo
  Que estimando en parte las pretensiones de la demanda, califico como improcedente el despido objeto de este proceso, y en atención a las razones expuestas en el fundamento de derecho cuarto, declaro extinguido en fecha 26 de abril de 2012 el contrato de trabajo que vinculaba a don Luis Alfredo Morocho Villagómez con la empresa “Trimarán Bulevares, Sociedad Limitada”, a la que condeno a abonar al actor una indemnización de 191,05 euros, así como la cantidad de 1.164,75 euros por los conceptos expuestos en el hecho probado sexto, más el interés legal previsto en el artículo 576 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.
  Notifíquese la presente resolución en legal forma a las partes y adviértase que contra la misma cabe interponer recurso de suplicación para ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, que deberá anunciarse ante este Juzgado por comparecencia o por escrito en el plazo de cinco días contados a partir de la notificación de la presente resolución, siendo indispensable que al tiempo de anunciarlo, el recurrente, si es parte condenada que no goce del beneficio de justicia gratuita, presente resguardo del ingreso, efectuado en “Fondos de anticipos reintegrables sobre sentencia recurrida” de la cantidad objeto de la condena, con indicación de la entidad bancaria 0030, oficina 1143, dígito de control 50, número de cuenta 0000000000, beneficiario Juzgado de lo social número 1 de Madrid, concepto 2499/0000/34 y número del presente procedimiento judicial, en la sucursal de “Banesto”, sita en la calle Orense, número 19, de Madrid, o bien presente aval bancario de su importe, y dentro del plazo de diez días para la formalización del recurso deberá presentar también resguardo del ingreso en “Recursos de suplicación” de la cantidad de 300 euros, efectuado en la misma sucursal bancaria y con indicación de los mismos datos referidos anteriormente. El incumplimiento de estos requisitos dará lugar a que se tenga a dicha parte por desistida del recurso anunciado.
  Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
  Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.
  Y para que sirva de notificación en legal forma a “Trimarán Bulevares, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 9 de mayo de 2013..La secretaria judicial (firmado).
  (03/18.054/13)</texto>
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