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    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 23</departamento>
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    <fecha_publicacion>2013/06/15</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 23. Ejecución 141 de 2008</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 23</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 23 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 89 
 Ejecución 141 de 2008 
  Doña Rosa María Lozano Blanco, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 23 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento número 141 de 2008 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don José Manuel Iglesias Jiménez, frente a don Alberto Moreno Escribano, sobre ejecución forzosa, se ha dictado la siguiente resolución:
  Decreto número 71 de 2013
  En Madrid, a 16 de abril de 2013.
  Parte dispositiva:
  Se aprueba la liquidación de intereses practicada por la suma de 100,25 euros y la tasación de costas por importe de 451,36 euros, expidiéndose mandamiento de devolución por dichos importes a favor de don José Manuel Iglesias Jiménez, haciéndose entrega de los mismos firme que sea la presente.
  Una vez cumplimentado lo anterior se decreta el archivo definitivo de la presente ejecutoria sin más trámite, previa baja en el libro correspondiente.
  Notifíquese esta resolución.
  Modo de impugnación: contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión en el plazo de tres días desde su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros; dicho depósito habrá de realizarse mediante ingreso de su importe en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado en la entidad “Banesto”, número 2521/0000/64/0153/12.
  Así lo acuerdo y firmo..Doy fe.
  Se advierte al destinatario de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.
  Y para que sirva de notificación en legal forma a don Alberto Moreno Escribano, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 13 de mayo de 2013..La secretaria judicial (firmado).
  (03/17.218/13)</texto>
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