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    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
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    <fecha_publicacion>2013/06/14</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Alcobendas. Organización y funcionamiento. Aprobación inicial ordenanza venta ambulante mercadillo</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>140</diario_numero>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Alcobendas</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE ALCOBENDAS 
 ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
 
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 Aprobación inicial ordenanza venta ambulante mercadillo 
  El Ayuntamiento Pleno, en su sesión de 22 de marzo de 2013, aprobó inicialmente la ordenanza municipal reguladora de la venta ambulante en el mercadillo municipal de Alcobendas. Se hace saber que dicho acuerdo de aprobación, así como la documentación que integra el expediente respectivo, estará de manifiesto al público en la Secretaría General del Pleno, cuarta planta de la Casa Consistorial, durante el plazo de treinta días, contados a partir del siguiente a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para la formulación de reclamaciones o sugerencias, según lo establecido en el artículo 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local.
  En el caso de no producirse alegaciones se considerará definitivo el acuerdo adoptado, procediéndose a la publicación del texto íntegro de la ordenanza en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID para su entrada en vigor. 
  En Alcobendas, a 27 de mayo de 2013..La concejal-delegada de Familia, Bienestar Social, Salud y Consumo, Mónica A. Sánchez Galán.
  (03/18.350/13)</texto>
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