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    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
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    <fecha_publicacion>2013/06/13</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Rivas-Vaciamadrid. Ofertas de empleo. Bases convocatoria de sargento de policía local</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>139</diario_numero>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Rivas-Vaciamadrid</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE RIVAS-VACIAMADRID 
 OFERTAS DE EMPLEO
 
 88 
 Bases convocatoria de sargento de policía local 
  El concejal-delegado de Recursos Humanos, Modernización Administrativa, Atención a la Ciudadanía, Telecomunicaciones y Sociedad de la Información, por decreto de 29 de mayo de 2013, ha resuelto aprobar la siguiente modificación a las bases específicas de convocatoria de sargento de Policía Local, publicadas el 7 de marzo de 2011 en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 55 (posteriormente, modificadas según publicación BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 96, de 25 de abril de 2011), en el siguiente sentido:
  1.  Número de plazas: donde dice “una”, debe decir “dos”.
  2.  El anexo I, apartado 2.a), del baremo de méritos aplicable a la fase de concurso tendrá la siguiente redacción:
  “a)	Cursos de formación policial.
  	Solo se tomarán en consideración los cursos certificados por la Academia de la Policía Local de la Comunidad de Madrid, antiguo ISES, y en la antigua ARES, y los cursos realizados dentro del Plan de Formación Continua de las Administraciones Públicas y del Ayuntamiento de Rivas-Vaciamadrid directamente relacionados con la función policial, así como los impartidos por los sindicatos con representación en la Junta de Personal del Ayuntamiento.
  	Los cursos inferiores a 10 horas o en los que no se haga constar su duración en horas lectivas no se valorarán.
  	Los cursos en los que se hace constar el número de horas lectivas se valorarán:
  .	De 10 a 19 horas lectivas: 0,10 puntos.
  .	De 20 a 40 horas lectivas: 0,15 puntos.
  .	De 41 a 60 horas lectivas: 0,20 puntos.
  .	De 61 a 80 horas lectivas: 0,30 puntos.
  .	De 81 a 100 horas lectivas: 0,40 puntos.
  .	De 100 a 150 horas lectivas: 0,50 puntos.
  .	De más de 150 horas lectivas: 1 punto”.
  Rivas-Vaciamadrid, a 29 de mayo de 2013..El concejal-delegado (2297/2011, de 13 de junio), Marcos Sanz Salas.
  (02/4.101/13)</texto>
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